MARTÍN ACOSTA GONZÁLEZ / @martiacosta
En los últimos meses se han hecho públicos diferentes casos de actos crueles contra animales. Prácticas condenables desde todo punto de vista. Sin bien la ley los sanciona con multas, diferentes organizaciones de defensa de los animales han exigido sentencias más duras, que incluyan por ejemplo, la prisión efectiva.
A propósito del delfín varado: otros casos de maltrato animal
El último caso que ha indignado a buena parte de la sociedad es el de Judith Uriol Silva y su pareja Jonathan Ramos Torres, quienes se fotografiaron con un delfín varado en una playa de Lambayeque. Si bien en las imágenes no se ve maltrato alguno. Algunas voces se han levantado para pedir que también se sancione a las personas que se burlen, tengan actitudes frívolas o sean indiferentes ante situaciones de maltrato o agonía de un animal. Situación que quedó en evidencia en las cuestionables imágenes.
Indignación por jóvenes que se fotografiaron con delfín varado
Entonces, ¿Qué debió hacer la pareja? En principio alertar a las autoridades para devolver el delfín al mar. En caso de no haber alguien cerca, llevar al animal moribundo a las aguas. Erick Huertas, presidente de la Organización Planeta Azul (OPA) de Paita, indicó a El Comercio “que el solo hecho de no ayudar significa un acto de indiferencia ante la muerte. Mínimo deberían investigarlos y multarlos”.
Yousign.org, un organismo que lucha contra el maltrato animal y la contaminación en el mundo, y en cuyo portal se difundieron las imágenes, condenó el hecho. “No podemos entender por qué estos dos [jóvenes] no fueron capaces de alertar a las autoridades y en su lugar optaron por hacer daño a los pobres mamíferos marinos. Pedimos a la policía del Perú que investigue y procese a estos dos despiadados“.
Maltrato animal: multas en distritos van de S/. 350 a S/. 7.600
SANCIONESEn febrero pasado, El Comercio publicó una nota sobre las multas que existen en Perú por maltrato animal. En esos días se difundió Tadashi Shimabukuro, matar a un pequeño gato.
El artículo 450-A del Código Penal establece que “el que comete actos de crueldad contra un animal, lo somete a trabajos manifiestamente excesivos o lo maltrata, será sancionado hasta con sesenta días-multa. Si el animal muriera a consecuencia de los maltratos sufridos, la pena será de ciento veinte a trescientos sesenta días-multa. El juez podrá en estos casos prohibir al infractor la tenencia de animales bajo cualquier modalidad.” Pero esto está tipificado como una falta contra las buenas costumbres.
Ejemplo de ello, fue la sanción de 5.800 soles que el Octavo Juzgado de Paz Letrado de Trujillo impuso a Víctor Iván Díaz Acevedo por asesinar de un disparo en el pecho a al perro de su vecina. Si bien la sanción económica marcó un precedente, los colectivos de defensa de los animales indican que al igual que una persona, la muerte de un animal no se resarce con una reparación económica.
Además, agregan que personas que cometen este tipo de acciones tienen serios desequilibrios sicológicos y -por qué no- también podrían significar un riesgo para las personas. De hecho, recomiendan que los agresores sean derivados a clínicas de salud mental para que puedan superar sus problemas.
Quienes también han impuesto sanciones económicas por casos similares son algunas municipalidades. Por ejemplo, la Municipalidad de San Borja multó con 7.600 soles a Shimabukuro. De la misma forma, Surquillo, Jesús María, Miraflores, Surco, Magdalena del Mar y Chaclacayo contemplan multas que van desde los 350 a los 7.600 soles.
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