El Seguro Integral de Salud dispuso que las personas que busquen afiliarse al SIS Gratuito deben estar inscritas en el Padrón General de Hogares como pobre o pobre extremo. Esto a fin de garantizar que todos los peruanos cuenten con una cobertura de acuerdo con su condición socioeconómica.
El jefe institucional del SIS, Edmundo Beteta, informó que, a través del Ministerio de Salud, se ha realizado un trabajo articulado con el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, que contribuirá a efectuar afiliaciones más seguras y orientará el seguro gratuito a quienes más lo necesitan de acuerdo a ley y a prevenir que personas que no son consideradas como muy pobres o pobres extremos accedan a los servicios gratuitos que ofrece la institución.
Explicó que los hogares que no figuran en el Padrón General de Hogares, administrado por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis), podrán dirigirse a la Unidad Local de Empadronamiento (ULE) de la municipalidad del distrito donde se encuentra ubicada la vivienda para iniciar el trámite correspondiente. Para ello, deberán llevar su DNI y el de todos los integrantes de su hogar, además de un recibo de luz o de agua, en caso de contar con dichos servicios.
Precisó que si el resultado indica que el hogar consultado es pobre extremo o pobre, podrá ser afiliado al SIS gratuito y si, por el contrario es calificado como no pobre tendrá la opción de acceder a alguno de los productos semicontributivos del SIS.
Aclaró que las personas que no están de acuerdo con su clasificación de no pobre, podrán dirigirse a la ULE ubicada en su municipalidad para presentar su solicitud de reconsideración.
Explicó que de acuerdo con lo dispuesto por el Midis, la ULE es la única instancia autorizada para iniciar el proceso de solicitud de clasificación socioeconómica de los hogares, la misma que podrá reportar si el hogar se encuentra en condición de pobre extremo, pobre o no pobre.
Recalcó que las afiliaciones al SIS son gratuitas y que continuarán realizándose y explicó que esta medida forma parte del paquete de acciones que se ejecutan como parte del proceso de reorganización del Seguro Integral de Salud, dispuesta en el Decreto Supremo Nº 039-2016-SA.
Esta medida, además, contribuirá al propósito de administrar adecuadamente los recursos del SIS, priorizando la atención gratuita en aquellos hogares con condición socioeconómica de pobre extremo o pobre y dando la opción a quienes no son considerados como pobres de acceder a al algún producto de seguro semicontributivo.
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