El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Vicente Zeballos, explicó los pormenores del proyecto de reforma constitucional para adelantar las elecciones generales al 2020. Esta propuesta fue anunciada por el presidente Martín Vizcarra en su último mensaje a la Nación ante el Congreso. Mañana el documento será entregado al Parlamento.
A continuación los detalles en cinco puntos clave:
1. El cronograma de la reforma y el referéndum El ministro de Justicia y DD.HH., Vicente Zeballos, confirmó que el Ejecutivo presentará este miércoles el proyecto de reforma constitucional para recortar el mandato del presidente Martín Vizcarra y del Parlamento y adelantar las elecciones generales. Explicó que el gobierno espera que el Congreso, dominado por Fuerza Popular, apruebe esta iniciativa entre agosto y setiembre.
Agregó que entre la convocatoria a referéndum y la realización de este debe pasar un mínimo de 60 días.
“Esta propuesta debe ser aprobada entre agosto y setiembre [y después] ser sometida a consulta la última semana de noviembre o primera de diciembre, [si el referéndum es respaldado], la convocatoria a elecciones sería para la segundo semana de abril [de 2020]”, refirió en el programa “Nada está dicho”, de RPP TV.
Precisó que si se concretan las elecciones generales en el 2020, esta servirá para votar a un nuevo gobierno y Parlamento hasta el 2025.
2. Una ley electoral transitoria Zeballos también indicó que el Ejecutivo planteará, dentro del mismo proyecto de reforma constitucional de adelanto de elecciones, la aprobación una ley electoral transitoria, como la que se dio tras la caída del expresidente Alberto Fujimori en el 2000.
“Sí [una ley electoral transitoria], más o menos en el contexto en que dio en el 2000 con la Ley 27365, es más esta ley la [propuso] el propio Fujimori y recuerdo que quien la suscribió como vicepresidenta del Congreso fue Luz Salgado [actual parlamentaria de Fuerza Popular]”, remarcó el titular del Ministerio de Justicia y DD.HH.
El también congresista detalló que la actual norma electoral establece que la convocatoria a comicios se da con 270 días de anticipación. Sin embargo, con una norma transitoria este plazo se puede reducir a cuatro meses.
“Estamos considerando que se pueda flexibilizar el cronograma para poder alcanzar perfectamente que estas elecciones puedan darse en esa fecha [segundo domingo de abril de 2020]”, subrayó.
3. Suspender norma que impide cambiosEl ministro de Justicia y DD.HH. también señaló que el proyecto incluirá una disposición transitoria para suspender temporalmente los artículos 4 y 79 de la Ley Orgánica de Elecciones, que fue modificada a mediados de noviembre de 2017 por el Parlamento y que dispone que en el último año previo a las elecciones no pueden darse cambios de materia electoral.
“La propuesta es que se suspenda esta norma para flexibilizar y que se adecue a la iniciativa que estamos alcanzando”, dijo.
4. ¿Y la reforma política dónde queda? Al ser consultado por los seis proyectos de la reforma política aprobado por el Congreso, Vicente Zeballos indicó que estas normas “no están vigentes”, porque “ni siquiera tienen carácter de autógrafas”. Añadió que de las iniciativas que modifican las reglas electorales podría aplicarse en unas eventuales elecciones en el 2020 la paridad y alternancia.
“Podría forzarse [la paridad y alternancia], pero no las primarias, se requieren de tiempos adicionales para el mecanismo de la elección previa”, expresó.
5. El presidente no postulará en el 2020 El ministro de Justicia y DD.HH., Vicente Zeballos, aseguró que el presidente Vizcarra no tiene contemplado renunciar a su cargo.
“De renunciar tanto el presidente como la vicepresidenta [Mercedes Araoz], ¿quién asumiría la Presidencia? El presidente del Congreso [Pedro Olaechea] que ha sido impulsado por los votos de la mayoría parlamentaria [Fuerza Popular]… ¿Y en una situación de crisis política impulsada por este Parlamento se le va a entregar [a este poder] esta responsabilidad [de conducir la transición]?”, manifestó.
Zeballos, además, dijo que en este escenario el artículo 115 de la Constitución no es claro respecto a qué tipo de elección debe convocar el presidente del Congreso: a una presidencial o general. “Eso está abierto y no está precisado”.
En el programa “Cuarto Poder”, el titular del Minjus adelantó que el proyecto de ley que enviará el Ejecutivo el miércoles al Congreso tendrá una disposición transitoria, que explícitamente le prohíba a Vizcarra postular en las eventuales elecciones de 2020.
“El vicepresidente que esté en el ejercicio de la Presidencia tampoco podrá postular a la reelección”, acotó.