El expresidente Alberto Fujimori acudirá al Tribunal Constitucional (TC), luego de que el Poder Judicial rechazara en segunda instancia el hábeas corpus que presentaron sus hijos -Sachie y Hiro- para lograr su excarcelación, argumentando que existe un riesgo de que contraiga coronavirus (COVID-19) en el penal de Barbadillo.
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Así lo anunció en RPP Noticias el abogado del exmandatario, Elio Riera, quien señaló que se trata de un recurso de agravio constitucional, para lo cual tiene un plazo máximo de 10 días para su presentación.
“Estamos, respetuosamente, disconformes con ella [el fallo] por cuanto de una revisión general se puede inferir que la sala concluye que pese a existir un riesgo de contagio, determina que mejor el señor Fujimori esté en el penal y eso está mal, estamos hablando de una persona mayor”, expresó.
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Refirió que en la audiencia el propio Instituto Nacional Penitenciario (INPE) admitió no puede garantizar la reducción del riesgo de contagio, pero pese a ello, el Poder Judicial concluyó que Fujimori Fujimori deberá permanecer en el penal Barbadillo, algo que calificó de “inhumano”.
“Con el equipo técnico que me acompaña estamos preparando el correspondiente recurso para acudir al Tribunal Constitucional. Tenemos un plazo de diez días, es un recurso de agravio constitucional y vamos a verlo por esa vía”, añadió.
Como se recuerda, la Sala Mixta de Emergencias de la Corte Superior de Justicia de Lima confirmó la decisión del Juzgado Penal de Turno Permanente, la cual declaró como infundado el recurso que habían planteado los hermanos Hiro y Sachie Fujimori Higuchi.
En la resolución se precisa que el objetivo que persigue la familia de sacar al exmandatario de la cárcel sería “contraproducente”, ya que las enfermedades que padece Alberto Fujimori requieren un monitoreo constante de salud, más aún en un contexto de pandemia como la del COVID-19.
En su apelación al fallo en primera instancia, los hijos de Alberto Fujimori acusaron al INPE de, si bien asegurar que se habían tomado medidas para reducir el riesgo que corre su padre, se reconocía que, por más mínima que fuera, había la posibilidad de que sea contagiado de COVID-19.
Al respecto, la sala de jueces estimó que “ningún galeno puede dar garantías de no contagio del virus -lo cual por lo demás escapa de sus competencias- como tampoco dar garantía de lo que le pueda pasar a tal o cual persona ante el contagio del mismo”.