El pleno del Congreso aprobó ayer modificar los procesos de colaboración eficaz, herramienta que utiliza el Ministerio Público para el avance de diferentes investigaciones.
Los cambios al Código Procesal Penal, vinculados a la colaboración eficaz, fueron aprobados tras la votación que exoneró a este proyecto de ley de segunda votación, en las últimas horas del último día de legislatura.
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El texto recibió el respaldo de 81 parlamentarios para que se le exonere de segunda votación. Otros 24 votaron en contra y dos en abstención.
Entre otros parlamentarios, esta medida fue respaldada por Guillermo Aliaga, quien ha sido mencionado por un aspirante a colaborador en el Caso Los Cuellos Blancos del Puerto.
–Lo que se modifica–
Estos cambios al proceso de colaboración eficaz fueron parte de un proyecto de ley impulsado por la congresista de Podemos Perú María Teresa Cabrera.
Entre las modificaciones aprobadas figura la de establecer un plazo de cuatro meses entre el requerimiento del aspirante para someterse a una colaboración eficaz hasta la celebración o denegación del acuerdo.
Es en este período en que se corroboran las declaraciones y pruebas entregadas por el aspirante a colaborador. Actualmente, los fiscales no cuentan con un límite de plazo para esta etapa.
También se aprobó que en las declaraciones que brinden los aspirantes ante el fiscal del caso, se encuentre además el fiscal superior coordinador o su adjunto.
La normativa también establece la prohibición de que los aspirantes a colaboradores declaren en calidad de testigos, así como que sus testimonios puedan ser corroborados con lo dicho por otros aspirantes.
Tanto el Ministerio de Justicia como el Ministerio Público emitieron opiniones contrarias a las modificaciones al Código Procesal Penal.
El Minjus hizo énfasis en la modificación que se refiere a la aprobación judicial que deberá recibir el fiscal para decidir si aporta el testimonio de un colaborador al juicio.
En tanto, la fiscalía sostuvo que el proyecto de ley de Cabrera no resulta viable.
Fuentes vinculadas a casos emblemáticos dirigidos por la fiscalía consideraron que las modificaciones “buscan institucionalizar mecanismos de impunidad mediante la norma procesal”, y que otro objetivo es que los procesos de colaboración pierdan efectividad.
El abogado penalista Rafael Chanjan Documet apuntó que en la normativa aprobada “hay puntos que pueden ser peligrosos para los fines del proceso penal y el éxito de la investigación fiscal”.
“Por ejemplo existe riesgos de filtración de información y poca espontaneidad si se exige siempre la presencia de un abogado defensor en primeras etapas de colaboración”, explicó.
“Por otro lado, exigir que esté el fiscal coordinador quita autonomía e independencia al fiscal del caso. Más aún si es este el que tiene la estrategia de cada caso”, agregó.