Bancada del Partido Morado consulta si su exclusión de comisión investigadora es constitucional

El vocero del Partido Morado, Daniel Olivares, consideró que la exclusión de su agrupación legislativa constituye un “acto contrario” a lo dispuesto en el Reglamento del Congreso.
Congresista Daniel Olivares dirigió un oficio a la Comisión de Constitución para conocer si decisión de excluir a la bancada del Partido Morado es constitucional. (Foto: Archivo GEC)

El congresista , vocero de la bancada del , consultó a la Comisión de Constitución sobre la posible “inconstitucionalidad de la exclusión” de su agrupación legislativa en la conformación de la Comisión Multipartidaria para la Investigación de la aplicación irregular de vacunas contra el COVID-19.

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A través de un oficio dirigido al presidente del grupo de trabajo, Luis Valdez (APP), indicó que esta decisión constituye “un acto contrario a lo dispuesto por el Reglamento del Congreso de la República, que tanto en el último párrafo del artículo 34 como en el artículo 88 a) aluden como una de las reglas para la conformación de las comisiones la aplicación de los principios de pluralidad, proporcionalidad y especialidad en la materia”.

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El pleno del Congreso aprobó el último martes crear una comisión investigadora tras el escándalo relacionado a la vacunación en secreto de altos funcionarios, como el expresidente Martín Vizcarra y las exministras Pilar Mazzetti (Salud) y Elizabeth Astete (Cancillería). El grupo de trabajo -que excluye entre sus integrantes a Somos Perú y al Partido Morado- tendrá 15 días para efectuar sus indagaciones.

En ese sentido, Olivares realiza la siguiente consulta:

“La exclusión de la Bancada del Partido Morado en la conformación de la Comisión Multipartidaria para la investigación de la aplicación irregular de vacunas, ¿contraviene lo dispuesto en los artículos 34 y 88 a) del Reglamento del Congreso de la República, en relación a los principios de pluralidad y proporcionalidad para la conformación de las comisiones, así como la atribución constitucional de fiscalización para todo congresista, establecida en el artículo 97 de la Constitución Política?”.

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Entre los argumentos expone que en la decisión de la exclusión no se tomó en cuenta que uno de los actuales candidatos al congreso por Fuerza Popular -el exministro Alejandro Aguinaga- “también se encuentra dentro de la lista de personas vacunadas irregularmente”, así como tampoco se consideró que la pareja de la legisladora Tania Rodas (APP), figura entre los vacunados.

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“El hecho de que, pese a lo mencionado, los representantes de las dos bancadas señaladas en el grupo anterior hayan sido considerados para conformar la comisión multipartidaria, evidencia la aplicación de un criterio abiertamente arbitrario al momento en que se decidió excluir a la bancada del Partido Morado”, refiere.

Por ello, manifiesta que “la falta de objetividad en la decisión” de excluirlos contraviene lo señalado en el Reglamento del Parlamento.

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