En el último trimestre de este año las organizaciones políticas que aspiran a participar en las elecciones generales de 2016 deberán realizar sus comicios internos para definir a sus candidatos a la Presidencia de la República y vicepresidencias, al Congreso y al Parlamento Andino.
La Ley de Partidos Políticos señala que para candidatos a la presidencia y dos vicepresidencias las elecciones tendrán que efectuarse entre los meses de octubre y diciembre del 2015, mientras que para candidatos a congresistas y parlamentarios andinos las internas pueden extenderse hasta enero del 2016.
En ambos procesos pueden contar con la asistencia de la ONPE (Oficina Nacional de Procesos Electorales), de acuerdo al artículo 21 de la referida ley. Hasta ahora la invitación a los órganos del sistema electoral para las elecciones internas es voluntaria, pero está pendiente en el Congreso un proyecto de reforma para que sea obligatoria.
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La Ley de Partidos Políticos indica también que corresponde al órgano máximo de cada partido decidir la modalidad de elección de sus candidatos. Los candidatos a la presidencia y vicepresidencias de la República deben ser necesariamente electos.
En el caso de los postulantes al Congreso y al Parlamento Andino, al menos las cuatro quintas partes del total de candidatos podrán ser elegidas mediante tres modalidades: con voto universal, libre, voluntario, directo y secreto de los afiliados y no afiliados; tan solo de los afiliados, o a través de los delegados elegidos por los órganos partidarios.
La norma también indica que hasta una quinta parte del número total de candidatos al Congreso y al Parlamento Andino puede ser designada directamente por el órgano del partido que disponga el Estatuto.
EL DATOLas elecciones generales se realizarán el segundo domingo de abril de 2016.