Ante el juez Víctor Zúñiga Urday, el fiscal del equipo especial Lava Jato, José Domingo Pérez, afirmó que todavía existe peligro de que Fuerza Popular pueda volver a cometer el presunto delito de lavado de activos si es que no se aprueba su pedido para suspender las actividades políticas de esta agrupación, ya que -dijo- la cúpula encabezada por Keiko Fujimori permanece en el partido.
“¿Por qué solicitamos esta suspensión? Porque quien ejerce actualmente al día de hoy la representación y la presidencia del partido es Keiko Fujimori Higuchi, que tenía conocimiento de la ilicitud del dinero que ingresaba a esa organización”, señaló en la audiencia que se realizó esta mañana.
PARA SUSCRIPTORES: Fuerza Popular: ¿Cuáles son los efectos de una posible suspensión temporal de sus actividades políticas?
“La cúpula permanece en el partido. Si estuviéramos hablando de una persona jurídica, no una organización política, sino estructurada por el reglamento de sociedades mercantiles, y le solicitaran (al Poder Judicial) que no le impongan esta medida, habría presentado una plana gerencial distinta a la que cometió los actos ilícitos [...] Sin embargo, tenemos a la presidenta del partido, que es aquella que recibió dinero ilícito. Sigue. ¿Cómo le van a dar a usted garantía que no va a haber peligro procesal?”, añadió.
El fiscal reiteró en varias oportunidades que su pedido respeta, tanto el marco normativo legal como constitucional, y negó que se esté afectando el orden democrático, cuando más bien Fuerza Popular sería el partido responsable de haber cometido supuestos actos ilícitos.
“El Ministerio Público está publicando este requerimiento en defensa de estos valores constitucionales que ha señalado el TC. Es más, en su sentencia del caso Nadine Heredia, el propio TC ha señalado que sí se puede configurar el delito de lavado de activos en las organizaciones políticas [...] Si un partido político afecta el artículo 35 de la Constitución porque el origen de sus recursos es delictivo, ¿puede ser objeto de una sanción penal? Sí, porque lo ha señalado el propio TC”, remarcó.
Mira aquí la primera parte de la audiencia
Ante el titular del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Especializada, el fiscal Pérez reiteró que diversas instancias judiciales, en fallos relacionados al caso Keiko Fujimori y Fuerza Popular, han encontrado graves elementos de sospecha de que se cometieron delitos de lavado de activos en organización criminal en las campañas del 2011 y 2016.
“Han pasado nueve años desde que Fuerza Popular insertó dinero de procedencia ilícita, dio información falsa ante autoridades electorales. ¿Quién está afectando al sistema democrático, el Ministerio Público por pedir una medida constitucional o legal, o Fuerza Popular que se volvió una caja de resonancia de intereses económicos?”, cuestionó el fiscal del equipo especial.
El fiscal Pérez señaló que “obviamente” solicitarán la disolución y liquidación de Fuerza Popular para evitar que se vuelva a usar al partido para ingresar fondos ilícitos. “Existe una alta probabilidad de que sus representantes legales, la cúpula reiteren esta misma acción o conducta de volver a utilizar a esta empresa [...] de captar dinero de procedencia presuntamente ilícita”, manifestó.
“Si el día de mañana, viene un representante del Ministerio Público y le dice que un partido político recibe dinero del narcotráfico y con eso realiza actividades y participa en la vida democrática, ¿no debe suspenderse las actividades de dicho partido? Los efectos del delito, ¿no permanecen? En el caso de Fuerza Popular, está acreditado [...] que recibió dinero de la corrupción”, exclamó.
Pérez Gómez continuó su exposición advirtiendo que, por los estados financieros y las deudas que tiene Fuerza Popular, se corre el riesgo de que se vuelvan a captar fondos ilícitos para ser camuflados a través de aportes falsos, como asegura ocurrió en las campañas presidenciales anteriores.
“Creo que la historia se va a repetir, de los años 2011, 2016, en este año, 2021 si es que ya no está sucediendo, y veremos en el 2022 si es que usted, magistrado, no ampara esta medida de suspensión de actividades por el plazo de 2 años y medio”, indicó.
Al finalizar la audiencia, el magistrado declaró por cerrado el debate y señaló que emitirá su decisión en un plazo prudente, de acuerdo a la carga procesal.