El Poder Judicial implementó un sistema de registro de visitas en todas sus sedes judiciales a nivel nacional, cuya publicación tiene carácter obligatorio y es de frecuencia diaria.
La medida, oficializada mediante la Resolución Administrativa N° 453-2018-P-PJ, ordena que las presidencias de las cortes superiores del país —donde esté implementado el Portal de Transparencia Estándar— realicen acciones necesarias para el cumplimiento de esta disposición.
De acuerdo con el Manual del Usuario, el visitante deberá consignar su número de DNI, nombres, apellidos, entidad a la que representa, motivo, descripción, lugar y observación.
Asimismo, el registro contendrá los datos personales del colaborador, el cargo que desempeña, su código y oficina en donde labora.
La norma está enmarcada dentro de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a fin de permitir el registro de las visitas que realizan personas externas a los colaboradores del Poder Judicial.
La resolución precisa, además, que la Comisión Nacional de Implementación del Sistema de Registro de Visitas estableció los lineamientos para su implementación e incorporación en los portales de las diferentes sedes judiciales.
Un plan piloto fue realizado, previamente, durante 15 días, en cinco áreas estratégicas de la Corte Suprema: Presidencia, Protocolo, Sala Penal Permanente, Sala Constitucional Permanente y Sala Civil Permanente.
Los resultados de este ensayo fueron positivos al reportarse en el referido registro información detallada de todas las personas que fueron recibidas por los funcionarios responsables de las oficinas antes mencionadas.