El Ministerio de Justicia señaló hoy que la resolución de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre el encarcelado ex presidente regional de Cajamarca Gregorio Santos, en la que pide resguardar su integridad, es improcedente para el Estado Peruano, pues “carece de fundamento legal”.
“La Resolución N° 18/2015, de fecha 14 de mayo de 2015, emitida por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), es notoriamente improcedente. La CIDH no está facultada por la Convención para emitir este tipo de medidas cautelares; por tanto, el Gobierno Peruano no se siente en la obligación legal de cumplirla y no lo hará”, recalcó.
El Ministerio de Justicia consideró, mediante un comunicado, que la decisión de la CIDH es injustificada y que demuestra que la política que dicho organismo internacional viene desplegando “va en perjuicio de los esfuerzos que el actual Gobierno Peruano viene realizando en favor de la promoción y protección de los derechos humanos”.
Asimismo, el Minjus detalló que el representante de Gregorio Santos, hermano del interno, ha solicitado a la CIDH que este pueda cumplir “su condena en los locales del edificio del gobierno regional o en su comunidad indígena, bajo la autoridad del jefe comunal”, para lo cual indica que el Gobierno del Perú decidió rechazar ese pedido por contravenir el ordenamiento legal vigente“.
Además, añadió que Gregorio Santos viene cumpliendo prisión preventiva en Piedras Gordas I, en Ancón, en un lugar “que ofrece todas las garantías de seguridad para su vida e integridad física y en el cual se le vienen brindando comodidades de albergue, visitas, atención médica y otras que convergen en la prestación de un servicio penitenciario que cumple con los estándares internacionales”.
El Minjus tildó a la solicitud de la CIDH de “inoportuna”, pues en momentos de “convulsión social a causa de las protestas antimineras en el Valle del Tambo, admite una medida cautelar en favor de uno de los líderes del movimiento antiminero del país”. RatificaciónEl ministerio apuntó que respecto a la medida cautelar para el ejercicio de los derechos políticos de Gregorio Santos, en la que se pide que le extiendan sus credenciales como Gobernador de Cajamarca y se le deje en libertad para que asuma el cargo, “la comisión ha denegado dicha medida cautelar”.
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