Los siete magistrados que integran el pleno del Tribunal Constitucional (TC) decidieron ayer, por unanimidad, admitir a trámite la demanda competencial que presentó Pedro Olaechea –titular de la Comisión Permanente– contra el Ejecutivo por la disolución del Congreso de la República.
Ernesto Blume (presidente), Manuel Miranda (vicepresidente), Carlos Ramos, José Luis Sardón, Marianella Ledesma, Eloy Espinosa-Saldaña y Augusto Ferrero –en sesión reservada– votaron a favor de que la demanda siga su trámite y se analice el fondo del pedido.
De esta manera, se aceptó la propuesta del magistrado Ramos, ponente del caso, quien planteó la admisibilidad.
No obstante, las razones por las que se admitió no fueron las mismas. Fuentes del TC explicaron a El Comercio que algunos magistrados se plegaron estrictamente a los argumentos de Ramos, quien consideró que pese a la duda sobre la “titularidad del demandante” (Olaechea firmó el recurso como presidente del Congreso), se debía analizar el fondo del pedido: la cuestión de confianza y la constitucionalidad de la disolución del Parlamento.
Otros magistrados consideraron que Olaechea sí estaba facultado para interponer la demanda.
En la misma sesión del pleno se declaró improcedente por mayoría la medida cautelar que el presidente de la Comisión Permanente interpuso junto a la demanda competencial para suspender los efectos del decreto supremo que disuelve el Parlamento y convoca a elecciones congresales.
Miranda, Ramos, Ledesma, Espinosa-Saldaña y Ferrero rechazaron la medida cautelar. Mientras que Blume y Sardón votaron en minoría para que esta fuera admitida.
Blume informó en conferencia de prensa que los fundamentos de las decisiones adoptadas por los magistrados serán publicados el próximo 4 de noviembre.
Cabe precisar que, tras ser admitida la demanda, el Ejecutivo será notificado para que en un plazo de 30 días responda a la medida.
Luego de ello, se convocará a una audiencia que se realizará en la sede histórica del TC, ubicada en Arequipa.
—El proceso electoral continúa—
El magistrado Carlos Ramos –quien seguirá siendo el ponente del caso– informó a la prensa que se admitió la demanda porque el TC no podía ser “formalista” y rechazar de plano el petitorio.
“Era necesario encontrar un argumento de fondo, ¿por qué? Porque no se trata solo de buscar respuestas a la disolución del Congreso; sino de buscar respuestas a la organización democrática del país hacia adelante”, dijo.
Por otro lado, explicó que la mayoría de los magistrados rechazó admitir la medida cautelar porque “podría ponerse en riesgo el calendario electoral”.
“Las elecciones se llevan a cabo; es decir, en ese sentido, no tiene que haber preocupación de la ciudadanía. La autoridad electoral, a través de sus distintos entes, puede llevar a cabo las elecciones que tiene programadas y la ciudadanía puede sentirse tranquila”, anotó.
A través de su cuenta de Twitter, la Presidencia de Consejo de Ministros (PCM) reiteró su respeto a las decisiones del TC, “las mismas que son clara muestra de que el Estado de derecho y la democracia están plenamente vigentes en nuestro país”. “Siempre nuestro actuar ha estado dentro del marco de la Constitución”, afirma.
—Nota previa—
Especialistas opinan que el recurso debe ser tramitado
Especialistas consultados por El Comercio coincidieron en que el Tribunal Constitucional debe admitir a trámite la demanda de Pedro Olaechea contra la disolución del Congreso.
Óscar Urviola, expresidente del TC, sostuvo que declarar improcedente la demanda por considerar que Olaechea no estaba facultado para presentar el recurso sería “evidentemente formalista”, en tanto la regla en los procesos constitucionales es que “una forma no puede estar por encima de la cuestión de fondo”.
El profesor de Derecho Constitucional Raúl Ferrero opinó que es preferible que el TC admita la demanda para que, de ese modo, podamos conocer la opinión del máximo intérprete de la Constitución acerca de los hechos suscitados de la crisis política. Según el especialista, la decisión servirá también para dilucidar los alcances de la Comisión Permanente.
Francisco Eguiguren, abogado constitucionalista, consideró que la disolución del Congreso es constitucional y que Olaechea, en calidad de titular de la Comisión Permanente, no tiene la facultad para presentar una demanda de competencia ante el TC. Sin embargo, el especialista cree que si bien existen razones formales para declarar improcedente el recurso, “por la relevancia del tema, es políticamente preferible para el país que el TC apruebe la admisión y le dé trámite”.
Por otro lado, Eguiguren y Ferrero consideraron que la medida cautelar debe ser declarada infundada. Mientras que Urviola sostuvo que el máximo órgano constitucional podría considerar que declarar nula la disolución del Congreso afectaría el proceso electoral en curso.
Los tres coincidieron en que el TC debe pronunciarse lo más pronto posible sobre el fondo de la demanda. No obstante, estimaron que ello podría tardar entre dos meses y dos meses y medio.
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