Iniciada la década del 70, pero del siglo XIX, los gobiernos del Perú y Francia se pusieron de acuerdo para firmar una convención de extradición. El tratado vio la luz a fines de 1874. En el segundo de los 17 artículos de la convención firmada entonces, se enumeran los crímenes por los cuales procede la entrega de los delincuentes; son 23 las transgresiones consideradas: Se incluye, por ejemplo, el delito de insurrección de una tripulación de buque con el objetivo de entregarlo a los piratas o la falsificación de sellos, timbres, cuños y marcas; pero los delitos de lavado de activos, asociación ilícita para delinquir, usurpación de funciones, coacción y falsedad genérica, tráfico de influencias y corrupción de funcionarios públicos no aparecen en la lista.
Los delitos de estos tiempos simplemente no figuran. ¡Y esos son los delitos por los que está siendo investigada en la fiscalía la esposa del presidente Ollanta Humala!
¿Esa es la razón por la que el presidente se niega a promulgar el renovado tratado de extradición firmado entre el Perú y Francia hace tres años?
En las anotaciones de las agendas de Nadine Heredia, se hace referencia a la compra de un departamento en Francia y a 8.000 euros mensuales, depositados para una tal Cristina. No se ha probado nada aún pero, coincidentemente, la amiga ginecóloga de Heredia, designada embajadora del Perú en París por tres años y medio, sin ninguna formación para tal cargo, se llama Cristina Velita.
El Ejecutivo envió el renovado y actualizado tratado de extradición con Francia al Congreso en febrero del 2013; el canciller Roncagliolo lo había suscrito y el presidente Ollanta Humala lo había aprobado. El Parlamento lo ratificó en el último diciembre y ahora resulta que el presidente no lo quiere promulgar. ¿No lo firma para proteger el futuro de las señoras Heredia y Velita?
El primer ministro Cateriano dice que no es así, que el gobierno actual ha reflexionado y que ha encontrado falta de reciprocidad en el nuevo tratado. ¿O sea que nos quedamos con un convenio de extradición, firmado en 1874, que no contempla los delitos que ahora asechan a nuestras sociedades porque el presidente Ollanta Humala ha reflexionado?
¿Sobre qué ha reflexionado el presidente? ¿Sobre el lugar a donde se irá a radicar con su familia terminado su mandato?
La oposición no puede soslayar el hecho de que la esposa del presidente está en serios aprietos judiciales, y que nada les impide, a ambos, obtener la nacionalidad italiana que les corresponde por descendencia: la madre del presidente, la señora Elena Tasso de Humala, tiene nacionalidad italiana.
En setiembre del año pasado confirmé y publiqué, en esta misma columna, que el 18 de enero del 2013 la señora Tasso recibió su pasaporte italiano de manos del cónsul de Italia en el Perú, y anoté: “La nacionalidad otorga ciudadanía, y esta se concreta con la obtención de una cédula de residencia que se consigue fijando un domicilio, en cualquier Estado Shengen, con solo seis meses de anticipación –una solicitud de extradición demora mucho más tiempo en presentarse–. Así es que si la pareja presidencial lo deseara, podría establecerse en cualquier país del espacio Shengen, Francia por ejemplo, y no regresar si ese fuera su deseo”.
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. @Ollanta_HumalaT observó tratado de extradición suscrito con Francia ►https://t.co/ohBPGuVm9X pic.twitter.com/rPsjChgc7B— Política El Comercio (@Politica_ECpe) enero 1, 2016