Hace unos meses, el Ministerio de Salud (Minsa) aprobó una importante ampliación en la oferta de medicamentos genéricos accesibles para toda la ciudadanía, por lo que mediante la Resolución Ministerial n.° 220-2024, se oficializó una actualización de la lista de estos fármacos, exigiendo que farmacias y boticas privadas del país incluyan en su inventario alrededor del 30% de estos medicamentos con la finalidad de conseguir un tratamientos a un precio accesible. Sin embargo, existen personas inescrupulosas que juegan con la vida de la población al vender estos remedios falsificados, por lo que en esta nota te brindamos los pasos para saber identificar uno de ellos.
¿CÓMO IDENTIFICAR SI UN MEDICAMENTO GENÉRICO ES FALSO?
El Minsa por medio de sus redes sociales y con el objetivo de alertar a la ciudadanía, explicó las pautas para saber reconocer si un medicamento genérico es falso al momento de acudir a una farmacia o botica, pues perjudicaría la salud de las personas. Estos son:
- El envase se encuentra en mal estado de conservación.
- Se encuentran errores ortográficos en los envases.
- Se presentan etiquetas de fácil retiro y colocadas incorrectamente.
- Tinta no indeleble.
¿CUÁLES SON LOS MEDICAMENTOS GENÉRICOS OBLIGATORIOS QUE DEBEN VENDER LAS FARMACIAS?
Esta obligación establecida a las farmacias y boticas del Perú de contar con un stock mínimo del 30% de estos medicamentos genéricos tienen como finalidad asegurar que los derechos a la salud y a tratamientos accesibles sean una realidad tangible para los peruanos.
Por ello, algunos de estos fármacos más usados en el país y que tendrán que estar imprescindiblemente en farmacias y boticas a nivel nacional como genéricos son: ácido fólico, amitriptilina, amoxicilina, ampicilina, azitromicina, bicarbonato de sodio, naproxeno, tramadol, ranitidina, paracetamol, ivermectina, ibuprofeno, diclofenaco, diazepam, cloruro de sodio y más.
¿QUÉ DICE EL MINSA SOBRE LA LEY DE MEDICAMENTOS GENÉRICOS?
El Minsa mediante un comunicado mencionó que la ley no obliga a las farmacias y boticas del país a contar con los 434 medicamentos genéricos esenciales, ya que los medicamentos que venden y que se encuentran en el listado, tendrán que tener un 30% en genéricos.
Asimismo, indican que dicha disposición está enfocada a que las empresas y cadenas, que deben tener un grado de responsabilidad social, brinden la posibilidad al paciente que pueda seleccionar entre un medicamento de marca o uno genérico cuando se acerca a comprar.
“La ley no obliga a farmacias y boticas a contar con los 434 medicamentos genéricos esenciales, sino que, de los medicamentos que expenden, que se encuentre en el listado, deberán contar con un 30% en genéricos. Es decir, si una botica o farmacia, del listado de las 434 medicamentos identifica que comercializa 100 de estos, debe garantizar el 30% de estos 100 en genéricos. Cuando se haga la supervisión se verificará en base a estos 100 medicamentos y no de los 434″, se lee.