La Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT) señaló que, desde este 1 de junio de 2022, todas las empresas con ingresos menores a 96,600 soles (23 UIT) deberán emitir facturas o boletas de venta de forma electrónica.
Aquellas empresas que aún no saben cómo incorporar la emisión electrónica, deberán realizar lo siguiente:
- Investigar y considerar diferentes perspectivas, averiguando acerca de los plazos, normativas y mejores alternativas para comenzar.
- Elegir el mejor sistema de emisión electrónica. Si bien se puede optar por el sistema de SUNAT, su uso puede resultar tedioso e ineficiente, debido a las constantes caídas que presenta. No obstante, también se puede emplear un sistema de punto de venta que ayude a gestionar el negocio y procesar facturas y boletas de venta de forma fácil y rápida.
- Informar al personal, clientes y proveedores de los cambios que estás realizando.
¿Por qué emitir comprobantes de pago electrónicos?
Emitir este tipo de comprobantes permite ahorrar tiempo, costos de impresión, transporte y almacenamiento de los comprobantes.
De acuerdo con el líder estratégico en Perú de Alegra.com, Adolfo Coll-Cárdenas, la facturación electrónica podría ahorrar a las pymes más de 40,000 soles al año, debido a que una pyme emite en promedio 200 facturas mensuales, y cada una conlleva un costo aproximado de 20 soles.
Asimismo, emitir comprobantes de pago electrónicos presenta las siguientes ventajas:
- Crecimiento: se puede acceder a nuevas fuentes de financiamiento, debido a que las empresas podrán sustentar su fortaleza financiera y acceder a créditos bancarios.
- Evitar errores y demoras en la emisión de los comprobantes: el sistema cuenta con un llenado automático de clientes y productos.
- Visibilidad a la empresa: los comprobantes de pago se pueden personalizar con el logo del negocio.
- Disponibilidad: se tiene acceso a ellos desde un celular, tablet, laptop o PC, en cualquier momento del día.
¿Qué pasa si la empresa no emite estos comprobantes de pagos electrónicos?
En el caso de que la nueva medida no sea cumplida por las empresas, serán multadas bajo el numeral 2 del artículo 174 del Código Tributario, lo que corresponde una multa equivalente a 2,300 soles (50% de la UIT) por concepto de infracción.
Fuente: Andina
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