El Cronograma Anual Mensualizado para el pago de las Remuneraciones y Pensiones en la Administración Pública durante 2024 fue aprobado en diciembre último, y tras la culminación del mes de mayo, más de 700 mil jubilados volverán a recibir el abono correspondiente al régimen que pertenecen. Cada 30 o 31 días, los beneficiarios regulados por diversas normativas, además de la 19990, también cobran un monto determinado, y es así como aquellos comprendidos en el Decreto Ley N° 20530 forman parte del calendario establecido gubernamentalmente. Conócelo a continuación, y revisa lo que indica acerca del día a partir del cual estará disponible tu dinero tanto en cuentas bancarias del Banco de la Nación (BN) como otras entidades financieras afiliadas.
ESTA ES LA FECHA A PARTIR DE LA CUAL PUEDES COBRAR TU PENSIÓN COMO JUBILADO DEL DECRETO LEY 20530 SEGÚN CRONOGRAMA DE PAGOS DEL BN
Diversos regímenes son atendidos cada 30 o 31 días por el Estado peruano, siendo los comprendidos en DL 20530 aquellos pensionistas que también reciben pago admitido por el BN mediante un cronograma que cubre todo el año, y además contempla fechas de abono hacia trabajadores del sector público.
Según calendario anual mensualizado aprobado por Economía y Finanzas del Gobierno en diciembre último a través de Resolución Viceministerial Nº 005, los jubilados englobados en dicha normativa pueden empezar a retirar los montos determinados por ley tras el mes de mayo, a partir de este viernes 14 de junio, fecha adoptada para tal propósito que se hará efectivo incluyendo al resto de entidades financieras incorporadas.
Asimismo, las pensiones por encargo abonadas durante el sexto mes del año, también serán desembolsadas desde el remarcado día junto a los beneficiarios del DL 20530 según cronograma del BN, mientras que bajo la modalidad de pago a domicilio, pasará a otorgarse del 19 al 24 de junio.
A continuación, te compartimos el calendario completo aprobado por el Gobierno con la inclusión del régimen del DL 19990 mediante el cual se crea el Sistema Nacional de Pensiones (SNP), considerando la primera letra del apellido paterno consignado en Documento Nacional de Identidad (DNI) para verificar depósitos, tal y como figura estructurado de la siguiente manera:
- DL 19990
- LUNES 10 DE JUNIO / A a C - MARTES 11 DE JUNIO / D a L - MIÉRCOLES 12 DE JUNIO / M a Q - JUEVES 13 DE FEBRERO / R a Z - Pago a domicilio: DEL 15 AL 24 DE JUNIO
- Convenios internacionales / Ley 27803: 17 DE JUNIO
- Decreto Ley 18846 / Ley 30003 - Pensionistas Pesqueros / Ley 26790 - Pensionistas del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR)
- Fecha de pago: 14 DE JUNIO / Pago a domicilio: DEL 19 AL 24 DE JUNIO
Cabe resaltar, que si bien el abono en cuenta bancaria de cada jubilado se llevará a cabo en las fechas mencionadas, recuerda que el dinero de la pensión permanecerá disponible para que lo retires a través de los cajeros automáticos o agentes bancarios más cercanos a tu domicilio, y en el momento que lo consideres oportuno.
LOS BANCOS DISPONIBLES PARA EL COBRO DE LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN QUE ABONA LA ONP DESDE EL 10 DE JUNIO
Los beneficiarios titulares que acceden al cobro de la pensión por jubilación en Perú, reciben mensualmente el monto máximo de S/893 y mínimo de 500 a través de los abonos realizados por la ONP en las cuentas de ahorros que se registraron al momento de generar la afiliación al SNP.
Recuerda que el depósito en cuenta bancaria es gestionado por la entidad previsional ante los mismos bancos con los cuales se tiene un convenio suscrito, y desde agosto de 2023 contempla la incorporación de una nueva institución financiera.
Ante lo expuesto, ten en cuenta que puedes cobrar tu pensión desde el lunes 10 de junio de 2024, tanto en BanBif como en BN, BBVA, Scotiabank, y GNB Perú.
¿CUÁLES SON LAS FECHAS DE PAGO PROGRAMADAS PARA EL DEPÓSITO DE REMUNERACIONES A TRABAJADORES PERTENECIENTES A LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA?
A partir del viernes 21 de junio, el Cronograma de Pagos de Remuneraciones admitido por el BN y regido por la Resolución Viceministerial 005, empezará a ejecutarse con el objetivo de cumplir una vez más con lo dispuesto en la normativa, y así retribuir económicamente a cuyas personas laboran en entidades estatales tales como el Ministerio del Interior (Mininter) y el Fuero Militar Policial (FMP) cuyo abono está programado para el jueves 26.
Los trabajadores de las últimas instituciones estatales mencionadas, reciben su sueldo en dicha fecha como parte de la programación establecida para la Administración Pública, mientras que el resto de beneficiarios que laboran en otros organismos pertenecientes al Estado peruano, lo harán a partir de las siguientes fechas:
- VIERNES 21 DE JUNIO
- Presidencia del Consejo de Ministros / Poder Judicial / Ministerio de Justicia / Ministerio de Relaciones Exteriores / MEF / Universidades Públicas / Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego / Contraloría General de la República / Defensoría del Pueblo / Junta Nacional de Justicia / Ministerio Público / Tribunal Constitucional / Ministerio de Defensa / Congreso de la República / Jurado Nacional de Elecciones / Oficina Nacional de Procesos Electorales / Registro Nacional de identificación y Estado Civil / Ministerio de Transportes y Comunicaciones / Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Agricultura
- LUNES 24 DE JUNIO
- Ministerio de Educación: UGEL 01, 03 y 07 / Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Educación excepto de los departamentos de Cajamarca, La Libertad, Junín, Piura, Ancash, Loreto y Puno
- MARTES 25 DE JUNIO
- Ministerio de Cultura / Ministerio de Educación: excepto UGEL 01,03 y 07 / Gobiernos Regionales: Unidades Ejecutoras de Educación en Cajamarca, La Libertad, Junín, Piura, Ancas, Loreto y Puno
- MIÉRCOLES 26 DE JUNIO
- Ministerio del Ambiente / Ministerio de Salud / Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo / Ministerio de Energía y Minas / Ministerio de Comercio Exterior y Turismo / Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento / Ministerio de la Producción / Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables / Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social / Gobiernos Regionales: Todas las Unidades Ejecutoras, excepto las de Educación y Agricultura
Considera revisar los enlaces compartidos líneas arriba acerca del Cronograma Anual Mensualizado para el pago de las Remuneraciones y Pensiones en la Administración Pública aprobado por el Gobierno mediante Resolución Ministerial Nº 005, a fin de saber con certeza tanto fechas, regímenes como centros de atención para cobro efectivo.