La institución del Estado peruano encargada de velar por la tranquilidad de la ciudadanía, y garantizar el orden interno cumplirá más de 3 décadas de haberse creado oficialmente. El martes 6 de diciembre de 2022, la Policía Nacional del Perú (PNP) conmemorará su propio día y efemérides gracias a la promulgación de una norma que se publicó en 1988. Te contamos los detalles sobre el aniversario, y la celebración del Día de la PNP.
¿POR QUÉ EL DÍA DE LA PNP SE CONMEMORA CADA 6 DE DICIEMBRE?
En este 2022, la PNP cumplirá 34 años desde que la Ley Nº 24949 unificó los poderes y las funciones de las fuerzas del orden en el país.
La norma que se promulgó el 6 de diciembre de 1988 estableció que las labores de las Fuerzas Policiales sean asumidas por la PNP con todos sus derechos y obligaciones.
Durante el primer gobierno de Alan García se dio inicio al proceso de reorganización en 1986 con la declaración del Decreto Legislativo Nº 371, el cual sentó los pilares para la creación definitiva de la PNP dos años después.
De esta forma, el Día de la PNP quedó instituido como una efemérides que conmemora la unificación de la Guardia Civil, la Policía de Investigaciones y la Guardia Republicana, y busca enaltecer la loable labor de los miembros policiales en su lucha contra la criminalidad y la delincuencia.
¿QUÉ DICE EL DECRETO LEGISLATIVO Nº 371 SOBRE LAS FUNCIONES DE LA PNP?
A vísperas de conmemorarse el 34º aniversario institucional de la PNP y celebrarse su efemérides este martes 6 de diciembre, es importante que la ciudadanía pueda conocer las responsabilidades de las fuerzas del orden público al servicio de la comunidad.
En el Título II del Decreto Legislativo Nº 371 figuran enmarcadas la finalidad y las atribuciones de la PNP que se constituye como el elemento fundamental que posee el Estado peruano para proteger a las personas.
Las funciones básicas de la policía en general se centran en prestar ayuda y salvaguardar a la sociedad, investigar la desaparición de personas, vigilar las fronteras nacionales, velar por la conservación del patrimonio cultural y material, entre otros.
Asimismo, el Capítulo VII del mismo decreto le brinda a la PNP la facultad de exigir la presentación del Documento Nacional de Identidad (DNI) en el momento que lo requiera, y obliga a que cada miembro policial se comporte honorablemente en todos los actos de su vida pública y privada.