A tan poco de la navidad y fiestas de fin de año y con él, las celebraciones en las empresas en Colombia, pero también una ayuda económica extra por cuenta de la prima de servicios, que pagan todas las compañías por Ley, ya sean públicas o privadas.
Se trata de una de las prestaciones sociales que tiene que pagar el empleador y que equivale a un mes del salario mensual por cada trabajador, que por lo general se divide en dos pagos; uno en junio y otro en diciembre.
PRIMA DE NAVIDAD: ¿CUÁNDO PAGAN ESTE BENEFICIO?
Según con el Ministerio de Trabajo, los empleadores tienen hasta el 20 de diciembre para pagar la prima de Navidad, no obstante, se tendrá que liquidar hasta el último día del año. Ahora, si no cumple, se expone a que le impongan una multa de hasta 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Asimismo, de acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo, en el caso específico en el que el trabajador no haya trabajado el año completo, de igual forma tendrá derecho a la prima, en proporción al tiempo laborado, “a razón de una doceava parte por cada mes completo de servicios, que se liquidará y pagará con base en el último salario devengado, o en el último periodo mensual, si fuere variable”.
¿QUIÉNES SON LOS BENEFICIARIOS DE LA PRIMA DE NAVIDAD?
La prima es una prestación social que radica en el pago que hace la entidad al servidor público o un empleador a sus trabajadores, ya sea el tipo de contrato que tengan estos. Igual, vale recordar que, quien es contratista del Estado no puede acceder a estos beneficios.
Por ende, los que tienen derecho a percibir esta prima todo servidor público que sea empleado o trabajador oficial por haber laborado por todo un año civil o parte del mismo, por lo que es reconocida por la entidad en la cual se encuentra vinculado el servidor público. A ella tienen derecho los empleados y trabajadores oficiales conforme lo establece el artículo 32 y 33 del Decreto 1045 de 1978 y el artículo 17 del Decreto 1101 de 2015.
Para el reconocimiento y pago de esta prestación social se debe tener en cuenta lo siguiente: la asignación básica mensual señalada para el respectivo cargo, los gastos de representación, la prima técnica (cuando sea factor de salario), los auxilios de alimentación y de transporte, la prima de servicios y de vacaciones, la bonificación por servicios prestados, y equivale a un salario mensual correspondiente al cargo que el servidor público desempeña al 30 de noviembre.
¿CÓMO CALCULAR LA PRIMA DE DICIEMBRE?
Calcular la prima de Navidad es muy fácil, pues solo necesitas una calculadora y saber cuántos días un empleado trabajó en seis meses (no solo los que se cuentan como días hábiles). Se debe multiplicar esta cantidad por la asignación salarial mensual del trabajador y luego se divide en 360.
Por ejemplo, si una persona obtiene cada mes un sueldo de tres millones de pesos y lleva cuatro meses en la compañía, lo que se traduce a 120 días, deberá multiplicar este último número por el básico y dividirlo entre 360: por lo que daría como resultado una prima de un millón de pesos.
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