En la actualidad, el Gobierno del Perú brinda a los adultos mayores diversos beneficios y reducciones económicas por considerarse personas vulnerables en la sociedad. En ese sentido, entre los servicios se encuentra la exoneración del Impuesto Predial tanto a pensionistas como a no pensionistas siempre y cuando se cumplan con los requisitos que ha establecido el Estado. En la siguiente nota, te contamos todos los detalles.
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¿QUÉ TRÁMITE REALIZAR PARA LA EXONERACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL A LOS MAYORES DE 60 AÑOS?
Aquellos adultos mayores que deseen solicitar la exoneración del impuesto predial deben saber que tendrán que acercarse a la municipalidad de su distrito para que se pueda registrar. De esta manera, es obligatorio que presenten el Documento Nacional de Identidad (DNI) actual del titular o representante legal de la vivienda, la última boleta de pago u otro documento que garantice los cálculos económicos personales o sociedad conyugal. Además, es necesario llevar evidencia del predio del terreno con la finalidad de realizar el procedimiento de manera eficaz. Como se sabe, se debe cumplir con todos los requerimientos de las autoridades fiscales para contar con esta ayuda.
Por consiguiente, los ciudadanos que superen los 60 años es necesario que sepan que existe un importante descuento, es decir, el autoavalúo de la propiedad no debe pasar las 50 UIT equivalentes a S/247,500 del impuesto predial. En el supuesto de que el monto pase mencionado valor, la persona tendrá que pagar solo la diferencia. A continuación, te presentamos los requisitos para que puedas calificar a este beneficio y te acerques a la municipalidad cercana:
- Contar con más de 60 años.
- Ser dueño de una sola propiedad que esté registrada a nombre propio o de la sociedad conyugal.
- Destinar principalmente la propiedad como vivienda, aunque puede usarse parcialmente con otros fines con la aprobación municipal.
- Los ingresos brutos mensuales no deben pasar 1 UIT (S/5,150).
Cabe recordar que el impuesto predial en nuestro país es un tributo que tienen que pagar los dueños de bienes inmuebles, ya sea terrenos, casas, edificios y otras propiedades urbanas o rurales. Esta contribución tiene carácter municipal y se cobra todos los años con la finalidad de financiar servicios públicos locales, como mantenimiento de calles y seguridad ciudadana. Para calcular el monto del inmueble, la municipalidad se basa en factores como la ubicación, el uso del bien, su antigüedad y características físicas.
Documento de solicitud para la exoneración del impuesto predial para los adultos mayores en Perú
Cada municipalidad cuenta con un proceso de solicitud diferente, pero lo que es indispensable es la presentación de una carta que va dirigida al alcalde del distrito para requerir el beneficio. En consecuencia, te presentamos un modelo de solicitud que compartió La República para que inicies con el tramite en el municipio que pertenece tu domicilio:
1. Resolución Directoral de la AFP/ONP (jubilación, cesantía, viudez, invalidez)
2. Las dos últimas boletas de pago
3. Presentación del Documento Nacional de Identidad (DNI)
Resolución Directoral de la AFP / ONP (jubilación / cesantía / viudez / invalidez) Dos últimas boletas de pago Presentación del Documento Nacional de Identidad – DNI
- Solteros: Solo DNI.
- Casados: DNI de ambos cónyuges.
- Viudos: DNI del cónyuge sobreviviente, junto con el acta de defunción del cónyuge fallecido.
- Propietario: Título de propiedad u otro documento que acredite la propiedad (copia literal, contrato de compraventa, sucesión intestada, etc.).
- Poseedor: Constancia de posesión u otro documento que acredite la posesión.
- Certificado positivo de propiedad del dueño (para bienes conyugales, se requiere el certificado de cada cónyuge).
- Certificado negativo de propiedad del dueño en caso de ser poseedor (si son convivientes posesionarios, se necesita el negativo de cada uno).
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