El Registro Nacional Judicial (Renaju) comunicó cuáles serán los castigos que recibirá un padre de familia que no cumpla con la pensión de alimentos establecida por un juez dentro de un proceso judicial, como tener inconvenientes para obtener un empleo en el servicio público e incluso tener el peligro de ir a prisión.
Esta información fue compartida por Vicky Távara Cavero, jefa del Renaju, la cual es una oficina del Poder Judicial que administra el Registro Nacional de Deudores Alimentarios (Redam), aquella donde se encuentran inscritas las personas que no cumplan con el dictamen judicial por alimentos.
¿QUÉ CASTIGOS RECIBIRÁN LAS PERSONAS QUE NO CUMPLAN CON EL PAGO DE PENSIÓN DE ALIMENTOS?
Los padres que no paguen la pensión de alimentos de sus hijos no podrán ser contratados con el Estado, tendrán problemas con las entidades financieras, y hasta podrían ir a la cárcel. A continuación, explicamos más a detalle los castigos:
Problemas con las entidades financieras
El Renaju informa de manera mensual a la Superintendencia de Banca y Seguros, y AFP (AFP) los nombres de las personas registradas, lo que hará que tengan problemas para acceder a créditos.
Inconvenientes para conseguir empleo con el Estado
Las empresas actualmente solicitan como requisito para postular a un trabajo el Certificado de Deudor Alimentario Moroso, el cual es otorgado por el Redam para corroborar si el empleado tiene deuda por alimentos. Si la persona se encuentre registrado, la empresa tendrá la decisión de no contratarlo por esa razón.
Además, en caso de que a una empresa le llegue un documento que indique que tiene un trabajador con una deuda alimentaria, también tendrá la facultad de indicarle que cumpla con el pago o que indique la forma de pago, que podría ser por retención de una parte del sueldo que percibe de manera mensual.
También cabe destacar que los deudores no podrán acceder a un cargo público, sea alcalde, regidor, entre otros.
Proceso penal
Si el deudor no cumple con su obligación hacia sus hijos, el juez realizará una notificación sobre la liquidación de la deuda para que la persona haga su descargo antes de que el caso pase a ser evaluado en el ámbito penal, por omisión a la asistencia familiar.
En caso de que sea determinado como delito, según el artículo 149º del Código Penal, la persona será sancionada con una pena suspendida con reglas de conducta o una prisión efectiva en cárcel no mayor de tres años.
En esta línea, la funcionaria Távara Cavero indicó que en el año 2021 fueron condenados a prisión 231 deudores, mientras que en el año siguiente la cifra ascendió a 392 personas. En lo que va del 2023, se incrementó a 563 el número de presos por deuda de alimentos, de los cuales muchos aún se encuentran en la cárcel.
¿CUÁNTAS PERSONAS SE ENCUENTRAN INSCRITAS EN EL REDAM?
La cifra de deudores alimentarios ha aumentado en los últimos tres años en el Redam. En el año 2021 se registraron 422 personas, mientras que en 2022 la cifra se duplicó a 999 individuos, y continuó duplicándose para el presente año 2023, que hasta septiembre se registró 1878 personas, lo que suma una cifra de 3299 de deudores.
La jefa del Renaju remarcó que un deudor alimentario es la persona inscrita en el Registro Nacional de Deudores Alimentarios a pedido de parte o de oficio por un juez cuando la persona no cumple con el pago de la pensión durante tres meses de manera consecutiva o alternados, según recoge Andina.
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