El Gobierno del Perú aprobó una nueva ley de crédito suplementario que tiene como objetivo hacerle frente a la recesión y el fenómeno de El Niño. De esta manera, se entregará una serie de bonificaciones a distintos trabajadores del sector público, entre los que destaca el personal de salud, puesto que recibirán un bono de 709 soles, el cual es el mayor monto señalado. A continuación, te contamos todos los detalles de este subsidio.
¿CUÁNDO SE PAGARÁ EL BONO DE S/709 PARA LOS TRABAJADORES DE SALUD?
Por el momento no se ha confirmado la fecha exacta en el que será entregado el bono, ya que la norma solo detalla que “será entregado durante el año fiscal 2023″.
Para descubrir cuándo se realizará el pago del subsidio, se deberá esperar a que el Gobierno pronto implemente esta ley y programe la fecha de desembolso.
¿QUÉ REQUISITOS DEBES CUMPLIR PARA ACCEDER AL BONO DE S/709?
Para que el bono se haga efectivo, los trabajadores de salud del sector público deberán cumplir con algunos requisitos, y limitaciones según la modalidad que se encuentre su contrato.
Las personas que deseen aplicar a este recurso deberán contar con lo siguiente:
- Vínculo laboral vigente.
- Estar en el servicio de manera continua como mínimo cinco meses.
- Estar registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas.
¿QUIÉNES RECIBIRÁN EL BONO DE 709 SOLES EN EL SECTOR PÚBLICO DE SALUD?
El Crédito Suplementario de 709 soles para el personal de salud estará dirigido exactamente para profesionales, personal técnico y auxiliar asistencial.
Aquellas personas que son consideradas como profesionales de salud son: médico cirujano, cirujano dentista, químico farmacéutico, obstetra y enfermero. También se les considera a aquellos que prestan servicio en el campo asistencial de la salud como médico veterinario, biólogo, psicólogo, nutricionista, ingeniero sanitario y asistenta social. También se debe incluir aquí al tecnólogo médico.
Por otro lado, se considera como personal técnico y auxiliar asistencial a aquellos que se desarrollen en las funciones de los servicios de: enfermería, obstetricia, laboratorio, farmacia, rayos X, medicina física y rehabilitación, nutrición, odontología, y otras actividades vinculadas a la salud individual o salud pública.
¿QUIÉN NO PUEDEN ACCEDER AL BONO DE 709 SOLES?
El personal de las entidades públicas que se encuentre realizando labores en áreas administrativas quedará excluido de esta bonificación, tal como se especifica en el Decreto Legislativo 1153.
De la misma manera ocurre con los trabajadores del Seguro Social de Salud (EsSalud), del Seguro Integral de Salud (SIS), de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud (Sunasa, actualmente SuSalud), el personal militar de las Fuerza Armadas y el policial de la Policia Nacional del Perú en actividad que presta servicios asistenciales en salud, según recoge Infobae.
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