Cuáles son considerados días no laborables por Navidad 2024 en Perú

Los peruanos que trabajan en el sector público podrán disfrutar de días no laborables por Navidad
Estos son los días no laborables por Navidad 2024 en Perú.

Cada vez queda menos para celebrar , una de las festividades más esperadas por miles de peruanos. El motivo es que esta fecha sirve para reunir a toda la familia y pasar un momento agradable que nos permita demostrar nuestro aprecio y cariño por cada uno de los miembros del hogar. A propósito de ello, a continuación, te contamos cuáles son los en Perú por este festejo que se realiza a nivel mundial.

Estos son los días no laborables por Navidad 2024 en Perú

Los días no laborables por Navidad serán el lunes 23 y martes 24 de diciembre. Por lo tanto, ambos pueden ser aprovechados por los peruanos que sean empleados del Estado para realizar diferentes actividades en familia y también descansar de las exigencias laborales. Cabe mencionar que el 25 de dicho mes es feriado a nivel nacional.

Los peruanos que trabajen en el sector público podrán disfrutar de dos días no laborables por Navidad.

Cuánto se paga por trabajar feriado

Según el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 713, los trabajadores tienen derecho a recibir, por el feriado nacional, la remuneración ordinaria correspondiente a un día de trabajo, es decir, que se les pagará sin tener que ir a trabajar. Por su parte, las personas que deban laborar en este día inhábil (de manera remota o presencial) tendrán el beneficio de recibir una remuneración triple.

Cuáles son las características de un día feriado

Muchos peruanos aprovechan los feriados y días no laborables para salir de Lima y hacer alguna actividad. (Foto:DestinodelPerú)

Diferencias entre un día feriado y uno no laborable

Las leyes en Perú empezaron a calendarizar los feriados desde 1991, y los días no laborables según decretos supremos como el 011 de 2024, estando ambos conceptos destinados a beneficiar a los trabajadores del sector público y también privado, pero con variaciones entre sí de acuerdo a lo establecido también por el Decreto Legislativo 713.

Teniendo en cuenta ambos términos, podemos definir que la diferencia entre ambos radica en que el primero de los mencionados corresponde a fechas festivas celebradas anualmente bajo normativa, y terminan convirtiéndose en un derecho al descanso remunerado, mientras el segundo forma parte de disposiciones gubernamentales establecidas para favorecer a instituciones del Estado, y deben ser compensadas en días inmediatos posteriores al goce de la jornada puntual.

La finalidad de decretar los días no laborables compensables, según el Decreto Supremo (DS) 011, tiene por objetivo el de fomentar el turismo interno, y en la mayoría de los casos construir un puente festivo que signifique mayor impacto en la promoción de la actividad turística y receptiva.

En tanto, los feriados nacionales calendarizados son fijados con anticipación y forman parte de un cronograma establecido para el descanso de los trabajadores como un derecho laboral.



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