Como todos los años, el próximo miércoles 1 de mayo será feriado por motivo del Día del Trabajador. Si bien muchos se encuentran felices de tener este día libre para realizar otras actividades, muchas personas e preguntan si el martes 30 de abril también será feriado, puesto que tienen la esperanza de disfrutar un descanso más prolongado. Para absolver cualquier duda, a continuación te mostraremos que señala la información oficial del diario El Peruano respecto a esta fecha.
En el calendario oficial de Perú para el año 2024, no se programaron feriados ni días no laborables para el mes de abril. Esto implica que el martes 30 de abril no será un día libre para la población en general.
A diferencia de otros meses que suelen albergar festividades importantes o conmemoraciones nacionales, abril no cuenta con fechas reconocidas como tales. Aunque generalmente la Semana Santa puede generar días feriados, este año todas las celebraciones asociadas se llevaron a cabo en marzo.
En esta línea, es importante recordar que los días feriados en el país están oficialmente establecidos y son publicados anualmente en el diario oficial El Peruano.
Primero que nada, cabe recordar que el 1 de mayo será feriado puesto que en esa fecha se celebra el Día del Trabajador, un momento especial para conmemorar la ardua labor y lucha incansable de los trabajadores desde finales del siglo XIX.
Si bien los peruanos pronto disfrutarán un día libre, deberán esperar hasta el mes de julio de 2024 para disfrutar de un feriado largo. Este se desarollará desde el viernes 26 al lunes 29 de julio por motivo de las celebraciones de las Fiestas Patrias.
Teniendo en cuenta que el sábado 27 de julio es un día habitual de descanso, el domingo 28 de julio se celebra la Independencia del Perú y el lunes 29 de julio se continúa festejando las Fiestas Patrias con la Gran Parada Militar; el previo 26 de julio se declaró como día no laborable para tener otro feriado largo, que partirá de esta manera desde el viernes hasta el lunes.
Si bien los feriados nacionales representan un descanso remunerado obligatorio tanto para los trabajadores públicos como privados, debemos destacar que los días no laborables son consideradas como horas no trabajadas que deberán ser recuperadas posteriormente.
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