Para Mari Luz Canaquiri Murayari, su tío ha muerto dos veces. La primera fue en el mundo terrenal, hace muchos años atrás. La segunda, cuando ya era un Karuara, palabra que para el pueblo kukama kukamiria significa “gente de río”. “Para nosotros el río tiene madre y tenemos familiares que viven debajo del agua. Mi tío que vivía ahí se enfermó con el petróleo que contaminó el río Marañón y murió, eso han contado los karuara a los chamanes que se comunican con ellos”, explica la mujer kukama.
La naturalidad con la que Mari Luz Canaquiri cuenta sobre la vida que existe debajo del río Marañón es parte de la cosmovisión del pueblo kukama kukamira. Para ellos, el río es sagrado porque les da vida a todos, a vivos y muertos. Por eso, consideran como un gran triunfo que a principios de marzo y después de dos años de lucha, una sentencia del Poder Judicial les haya dado la razón en lo importante, significativo y valioso que es el río Marañón.
La batalla legal
El 8 de marzo, el Juzgado Mixto de Nauta, en Loreto, emitió la resolución Nº 14 en respuesta a la acción de amparo presentada en el 2022 por Mari Luz Canaquiri, Celia Fasabi Pisango, Gilda Fasabi Saavedra, Emilsen Flores Simon y Rosa Tamani Tapayuri. Todas ellas integrantes de la Federación de Mujeres Indígenas Kukama Huaynakana Kamatahuara Kana (mujeres trabajadoras) del distrito de Parinari.
La denuncia fue presentada contra Petroperú, el Ministerio del Ambiente (Minam), el Ministerio de Energía y Minas (Minem), la Autoridad Nacional del Agua (ANA), el Gobierno Regional de Loreto y el Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana. Con esta acción de amparo, las mujeres kukama consolidaron sus peticiones en cinco puntos. El primero, y el principal, era el que se reconozca al Marañón y sus afluentes como sujetos de derechos, esto debido al valor espiritual que tiene el río para las comunidades indígenas de Loreto y en especial para la población kukama.
Además, invocando al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y a la Constitución Peruana, también pidieron que se reconozca al Marañón el derecho a existir; a fluir, a ejercer sus funciones esenciales con el ecosistema; a estar libre de toda contaminación; a alimentar y ser alimentado por sus afluentes; a la biodiversidad nativa; a la restauración; a la regeneración de sus ciclos naturales; a la conservación de su estructura y funciones ecológicas; a la protección, preservación y recuperación; y a la representación.
“Hemos tomado esa decisión por los derrames constantes de petróleo. Hay mucha gente enferma. Además, los peces están con metales pesados, el agua se ha declarado como no apta para consumo humano. ¿Quién no quiere vivir bien, quién no quiere tener agua sana?”, pregunta Mari Luz Canaquiri.
El pedido de auxilio de las comunidades indígenas que viven de y para el río Marañón es entendible. En 2022, un informe de la Coordinadora de Derechos Humanos reveló que, entre los años 2000 y 2019, ocurrieron 474 derrames de petróleo en la Amazonía peruana. De ellos, el Oleoducto NorPeruano, que pasa por la zona en donde está el río, figura con 94 vertimientos. Las decenas de comunidades indígenas de los distritos de Urarinas y Parinari han sido las principales afectadas.
El problema no se ha controlado. Solo en septiembre del 2022, ese mismo oleoducto registró un derrame de 2500 barriles de hidrocarburo. El crudo alcanzó al río Marañón. Según un reporte de Defensa Civil, más de 8 000 integrantes de los pueblos kukama kukamiria y Urarina fueron afectados.
Después de dos años de una lucha legal, asesorada por el Instituto de Defensa Legal (IDL), las mujeres kukama han logrado un gran primer paso en el sistema de justicia. La sentencia, en primera instancia, del Juzgado de Nauta reconoció al Marañón como uno de los ríos más importantes del Perú e identificó que tiene un valor sagrado para el pueblo kukama. “La identidad de los integrantes del pueblo con el río Marañón está intrínsecamente relacionada por cuanto es su fuente principal de subsistencia”, señala el fallo.
El Juzgado de Nauta establece en su sentencia que, si bien no se puede determinar como sujeto de derecho al río Marañón, sí se puede establecer que el Estado reconozca el valor intrínseco del río y adoptar una orientación precautoria en la protección, prevención y conservación. Por ello, se le reconoció como titular de derechos.
Además, en un precedente histórico, el Poder Judicial ordenó el nombramiento y reconocimiento de las organizaciones indígenas como guardianes, defensoras y representantes del río Marañón y sus afluentes.
“Tenemos un primer pronunciamiento del Poder Judicial dándonos la razón. Es un cambio de perspectiva. Además, se ha reconocido que las organizaciones indígenas son las defensoras del río, y tienen derecho a hablar en nombre del río. Por eso, a aquellos que contaminan no les conviene esto. Por eso, no va a gustar a mucha gente”, explica Juan Carlos Ruiz, abogado de IDL.
La sentencia también ordena al Gobierno Regional de Loreto a coordinar con la Autoridad Nacional del Agua (ANA) los lineamientos para la creación de los Consejos de Cuencas de Recurso hídricos para el río Marañón y sus afluencias.
En el caso de Petroperú, una de las entidades denunciadas, el juzgado estableció que, en un plazo de seis meses, elabore y presente el proyecto de actualización de su Instrumento de Gestión Ambiental (IGA), ante el Ministerio de Energía y Minas, con la finalidad de que se incluya la evaluación integral de los impactos identificados en la actividad de transporte de hidrocarburos a través del Oleoducto Norperuano.
Según explicó Juan Carlos Ruiz, aún se debe esperar que la sentencia sea elevada a la Sala de Iquitos para que notifiquen a todas las partes y, en audiencia, se decida si se confirma o se revoca. Esto podría demorar unos dos meses. De ser revocada, Ruiz asegura que acudirán al Tribunal Constitucional.
“El debate para el pueblo kukama es que el río es un ser vivo y lo estamos destruyendo. Y el mensaje de las mujeres y el río es vida. El fundamento jurídico de los derechos de la naturaleza es cuando reconoces ese valor intrínseco”, agrega Ruiz.
Las voces de las mujeres
La constancia y tenacidad de las mujeres del pueblo kukama no nació con esta demanda. En el 2020, Mongabay Latam evidenció cómo la comunidad kukama kukamiria de Cuninico, en específico las mujeres, se organizaron para reclamar los derechos de la comunidad afectada tras el derrame de casi 3000 barriles de petróleo en el año 2014.
Al igual que en Cuninico, en Parinari las mujeres kukama han tenido que reorganizar sus horarios dedicados al cuidado doméstico para emprender un camino de lucha por los derechos del río, de la comunidad y de las mujeres.Celia Fasabi, integrante de la Federación de Mujeres Indígenas Kukama Huaynakana Kamatahuara Kana, tiene 38 años y tres hijos pequeños. Al ver que los hombres de la comunidad no se atrevían a defender el río, se unió a su prima y madres del distrito para empezar la batalla legal que aún no termina.
“Nosotras como mujeres somos quienes miramos las necesidades en nuestros hogares, nos damos cuenta de que nuestros hijos que tienen enfermedades de los derrames petroleros, diferentes tipos de enfermedades y plagas. Nosotras hemos pasado un montón de obstáculos para salir a luchar. Empezando desde nuestro hogar porque dejamos nuestros quehaceres, nuestras chacras pero nos damos el tiempo para salir desde las comunidades hasta Iquitos”, cuenta Celia Fasabi.
Su prima Gilda Fasabi, quien también integra la federación, no puede evitar conmoverse al entender la importancia de la sentencia que le ha otorgado derechos al Marañón que tanto cuidan. Su deseo con esta lucha es que sus nietos puedan disfrutar del agua del río sin que esté contaminada, así como ella lo hizo cuando era pequeña.
“Nosotros comemos y nos bañamos con el agua del río, por eso tenemos pena porque nuestros hijos están sufriendo. Como siempre digo yo, nos están matando lentamente, ya no queremos eso, queremos que nos respeten. Ahorita no hay pescados, demoramos un día entero para conseguir dos a tres kilos de pescado. Y a veces ni un kilo. Antes, cuando tenía diez años, te ibas un rato y pescabas lo que querías, pescados grandes. A los chiquitos los dejaban vivir. Ahora ni chiquito encuentras. No quisiera que mis nietos sufran eso”, comenta.
Las mujeres kukama coinciden en que su constancia para organizarse y empezar a alzar la voz la lograron con ayuda de la iglesia católica. El obispo de Iquitos Monseñor Miguel Ángel Cadenas ha sido uno de los impulsores de la demanda presentada en favor del río Marañón y quien también ha guiado a las mujeres kukama en su lucha.
El obispo recuerda que el pueblo kukama también se opuso al proyecto de la Hidrovía Amazónica, que buscaba agilizar el transporte fluvial y comercial en la Amazonía. Este fue paralizado gracias a la demanda del pueblo kukama junto a otras federaciones indígenas. Según el obispo, la parroquia lleva capacitando a las comunidades y federaciones indígenas desde hace 40 años.
“Aquí lo que hay es una visión occidental que privilegia el Estado que dice que el río es un cauce de agua. El pueblo kukama, en cambio, lo percibe como un espacio de vida. Para ellos hay seres que habitan en la tierra y otros habitan en el cielo y otros habitan dentro y debajo del agua. Tragar o contaminar el río significa acabar con estos seres que habitan debajo del agua y acabar con la madre del pescado que es la boa y esto significa que se acaba el pescado. Por eso para ellos es fundamental”, explica el obispo.
Para Roxana Vergara, abogada y egresada de la maestría de Antropología de la PUCP y quien ha realizado trabajos con las mujeres kukuma de Cuninico, la sentencia del Juzgado de Nauta es una de las pocas que tiene una aspiración de interculturalidad. Además, considera que es innovador que el sistema de justicia reconozca la existencia de la espiritualidad del río Marañón y, sobre todo, que se haya reconocido la cosmovisión del pueblo kukama y haya sido llevada al derecho.
“El hecho de que la cosmovisión del pueblo Kukama penetre nociones que son de los derechos humanos, de la justicia, que se haya vuelto una subjetividad legal, eso me parece loable”, refiere la investigadora del pueblo kukama.
En cuanto se conoció la sentencia, todas las entidades demandadas presentaron sus recursos de apelación. En sus descargos ante el Juzgado de Nauta, el Minam mostró su desacuerdo con la petición de las mujeres kukama de reconocer al río Marañón como un sujeto de derechos y lo consideró inconstitucional.
“No existe en el Estado Peruano un ordenamiento jurídico, que se aparte de esta doctrina, el Código Civil también señala quienes son sujetos de derecho y no se reconoce a la naturaleza como sujeto de derecho, resolver de manera favorable esta pretensión no solo es contrario al ordenamiento jurídico si no también es inconstitucional”, señalaron en sus descargos.
Solicitamos a Petroperú su opinión sobre el fallo a través del área de comunicaciones, pero no obtuvimos respuesta. Ante el Juzgado de Nauta, pidieron que la demanda sea declarada improcedente porque es “jurídicamente imposible” reconocer al río Marañón como sujeto de derechos, debido a que el ordenamiento jurídico peruano tiene una posición centrada en la persona humana.
Además, aseguraron que, a la fecha, no existen segmentos del Oleoducto Nor Peruano con deterioro severo o significativo. Indicaron también que Petroperú ejecuta los planes de mantenimiento correspondientes para asegurar el buen funcionamiento de esas instalaciones.
“La demanda debe ser desestimada porque se pretende ordenar a Petroperú a realizar acciones que ya vienen siendo desplegadas, en cumplimiento de sus obligaciones de naturaleza administrativa y ambiental”, aseguraron ante el juez.
En el aspecto legal, Mari Luz Canaquiri, Celia Fasabi y Gilda Fasabi están conscientes de que aún falta mucho por recorrer, sin embargo, han asegurado que no van a cesar. Menos ahora que son reconocidas en forma legal como las guardianas del Marañón.
* Imagen principal: Las mujeres del pueblo kukama. Foto: Mari Luz Canaquiri.
El artículo original fue publicado por Lourdes Fernández Calvo en Mongabay Latam. Puedes revisarlo aquí.
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