El Congreso de la República aprobó la ley que establece medidas extraordinarias para sancionar al personal docente o administrativo, condenado o implicado en delitos de apología del terrorismo, contra la libertad sexual y el tráfico de drogas, en colegios y universidades.

La norma, aprobada por unanimidad con 89 votos a favor y exonerado de la segunda votación por 88 votos, fue destacada por los legisladores porque favorecerá a los menores y jóvenes peruanos que estudian incluso en centros superiores de educación públicos o privados.

El dictamen fue sustentado por la presidenta de la Comisión de Justicia, Marisol Pérez Tello (APGC) y por el presidente de la Comisión de Educación, Daniel Mora (GPPP).

Dicha norma establece que “serán separados definitivamente” o inhabilitados para el servicio en las instituciones educativas los docentes o personal administrativo implicados en esos delitos con sentencia condenatoria.

El alcance de la aplicación de esta ley también comprende a las escuelas de la Policía y de las Fuerzas Armadas.

Asimismo, el Ministerio de Educación, indica la norma, supervisará anualmente, dentro de los primeros 30 días de clases, el cumplimiento de esta disposición en los centros educativos públicos y privados.

Por su parte, la Asamblea Nacional de Rectores (ANR) y el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (Conafu) harán lo propio en las universidades públicas y privadas.

La ley aprobada también dispone la creación en el Poder Judicial de un registro de personas condenadas o procesadas por los delitos de terrorismo, apología del terrorismo, delito de violación de la libertad sexual o delito de tráfico ilícito de drogas.