Una segunda instancia para el arbitraje, por Héctor Becerril
Una segunda instancia para el arbitraje, por Héctor Becerril
Redacción EC

El 30 de mayo, el profesor publicó un artículo en este Diario (“”) en el cual ironizaba sobre nuestra propuesta legislativa que busca incorporar la segunda instancia en los procesos de arbitraje. Se olvidó mencionar que cuando presidió la comisión técnica que culminó con el Decreto Legislativo 1071, nueva Ley de Arbitraje, se excluyó de la derogada Ley 26572, , el recurso de apelación ante una segunda instancia arbitral. En la exposición de motivos del Decreto Legislativo 1071, no se explican las razones por las cuales se tomó esa decisión. No sabemos hasta ahora por qué Bullard y su equipo omitieron estas razones. 

Como se sabe, la mafia de utilizó las debilidades del sistema arbitral para crear una red delincuencial que, a través de laudos arbitrales, se adueñaba ilícita e injustamente de decenas de propiedades inmuebles. La comisión investigadora del Caso Orellana ha señalado que por inmuebles despojados (como las 25.000 hectáreas de terrenos en Tumbes, el polideportivo de la Municipalidad de San Borja, el inmueble del hospital Hermilio Valdizán, entre otros) esta mafia perjudicó a sus propietarios por más de S/.200 millones. Asimismo, se defraudó al Estado con más de S/.564 millones y se sobornó a jueces y fiscales por más de S/.45 millones. A estos hechos, Bullard los llama “excusa”.

Asimismo, se afirma que –con nuestro proyecto de ley– atacamos las ventajas del arbitraje. 

En primer lugar, se indica que esta institución dejaría de caracterizarse por su celeridad, pues la apelación sería obligatoria. Bullard confunde el verbo “podrá” con “deberá”. Nuestra propuesta señala: “Las partes podrán interponer recurso de apelación”. Nunca obliga a nadie, siempre es facultativo. Además, los plazos que se mencionan en el proyecto dan cuenta de 32 días hábiles, totalmente razonables para brindar mayor seguridad jurídica a los propietarios de bienes inmuebles en el país.

En segundo lugar, se señala que atacamos la flexibilidad del arbitraje porque se prohíbe que las partes puedan escoger el tipo de arbitraje. Nuestra propuesta pretende que solo en los casos en que la controversia se refiera a la propiedad de bienes inmuebles o bienes muebles registrables, el arbitraje será institucional. La mafia Orellana utilizó para sus ilícitos penales los arbitrajes ad hoc, totalmente direccionados. Hay que recordar a nuestros críticos que las reglas tienen excepciones, como casi todo en el derecho. 

En tercer lugar, se afirma que atacamos el carácter interpartes del arbitraje porque se obliga a la intervención de terceros que no pactaron ir a un arbitraje. Lo que buscamos con nuestra iniciativa es dar la posibilidad a los terceros propietarios de bienes a intervenir en un proceso arbitral en que se discute precisamente su propiedad. La mafia Orellana falsificó documentos y les dio un velo de legitimidad a través de procedimientos notariales y registrales, excluyendo al verdadero dueño de la controversia arbitral. ¿Será justo eso? 

En cuarto lugar, se precisa que vulneramos la confidencialidad del arbitraje porque se obliga a publicar el inicio de un arbitraje. Totalmente errado, la confidencialidad se vulneraría si hubiésemos propuesto que se haga pública la decisión contenida en el laudo arbitral. Solo proponemos que se haga público el inicio del procedimiento a través de un diario de circulación nacional, para que las personas tengan la posibilidad de conocer anteladamente si un bien de su propiedad será ventilado en un proceso de arbitraje. Pregunto: ¿con la publicidad alertamos a la sociedad sobre un probable ilícito penal o no?

Ante estos hechos, es imposible no hacer nada. Tenemos que mejorar los vacíos del sistema arbitral que utilizó Orellana y sus secuaces para apropiarse de casas, terrenos y otras propiedades. Hemos puesto en debate un tema sensible y perfectible. Agradecemos cualquier crítica, pero sí sugerimos a nuestros detractores que profundicen sus estudios sobre los principios generales del derecho, pues tanta especialización –a veces– hace perder de vista las cosas realmente importantes.