(Imagen: Captura de pantalla PUCP)
(Imagen: Captura de pantalla PUCP)
Andrés Calderón

Hace seis años, en el 2012, se aprobó una norma nefasta para la educación superior. “Ley de protección a la economía familiar respecto del pago de pensiones en institutos, escuelas superiores, universidades y escuelas de posgrado públicos y privados”, pomposamente se llamó. Lo que hizo, en realidad, fue poner en riesgo las finanzas y la sostenibilidad de las e institutos.

En sencillo, la norma prohíbe que los centros educativos suspendan el servicio a los alumnos que no paguen pensiones. Esto puede propiciar que algunas personas no paguen puntualmente y lo hagan recién al empezar un nuevo ciclo. Eso le quita liquidez a la universidad o instituto, como le pasaría a cualquier otra persona o empresa a la que le paguen recién al quinto o sexto mes de prestado el servicio.

Para sumar males, en el 2015, la Sala de Protección al Consumidor del Indecopi interpretó que esa ley prohibía cobrar penalidades a los alumnos morosos. Solo podía cobrar intereses teniendo como tope la tasa máxima fijada por el BCR.

Me parece una pésima ley, y una malísima interpretación la del Indecopi. Pero ni yo ni ninguna universidad estamos por encima de la ley.

Por eso, me sorprendió penosamente la reciente entrevista que tuvo , rector de la , con Rosa María Palacios, cuando reconoció que en el 2012 “la universidad, frente a la posibilidad de no pagar la planilla, se vio en la imposibilidad de cumplir la ley y siguió aplicando la multa de medio crédito por la mora en el pago”. Añadió algunas expresiones entre fatalistas y mesiánicas como aparentes justificantes del cobro que excedía el tope legal: “No podía poner en riesgo la sobrevivencia de la universidad”, “[nos encontrábamos en] estado de necesidad”.

Con todo el cariño que tengo por mi alma máter y el respeto por sus autoridades, aquellos son argumentos bochornosos. Personalmente, creo que la ley no prohíbe el cobro de estas penalidades y, en última instancia, la resolución del Indecopi del 2015 no es un precedente obligatorio ni vincula a otras universidades (el caso se resolvió contra la Universidad Alas Peruanas). Pero si Marcial Rubio y la PUCP advirtieron desde el 2012 –como ha señalado el rector– que bajo su lectura sí estaban incumpliendo la ley, es insólito que una institución educativa anteponga su propio bienestar al respeto de la legalidad.

No voy a decirle a un rector cómo debe conducir una universidad, pero sí puedo recordar qué es lo que pasa con cualquier persona, asociación o empresa a la que la ley le corta los ingresos (imagínense un alza en los impuestos). No importa si tiene o no fines de lucro. Para sobrevivir, tendrán que generar nuevos ingresos (nuevos productos, subir los precios, etc.) o reducir los costos (despedir trabajadores, reducir inversiones, etc.). No hay otra, papá.

Engañar a los consumidores (universitarios) para que los financien forzosamente sin saberlo no es una opción. Ni ética ni legal. Sí es, en cambio, una demostración de elitismo: el creerse encima de la ley, y por encima de los demás mortales que sufren también las nocivas consecuencias de normas espeluznantes… pero las cumplen.

P.D.: Hablando de elitismo, espero que con el cambio de ministro de Trabajo, el Poder Ejecutivo ya no tenga más excusas para impulsar la urgente reforma laboral. Quienes no quieren tocar la estabilidad laboral absoluta, vacaciones, remuneración mínima, seguros y demás beneficios no defienden los “derechos de los trabajadores”. Solo resguardan los privilegios de una élite, menor al 30% de trabajadores, que sí accede a estos beneficios. Y condenan a la exclusión al 70% restante que no consigue un trabajo formal porque es demasiado riesgoso y caro contratarlos.