Osmán Morote cumplió su condena de 25 años de prisión y el Poder Judicial le ha revocado la orden de arresto preventivo. (Archivo El Comercio)
Osmán Morote cumplió su condena de 25 años de prisión y el Poder Judicial le ha revocado la orden de arresto preventivo. (Archivo El Comercio)
Mario Mejía Huaraca

La Tercera Fiscalía Superior Penal interpuso ayer recurso de nulidad contra la resolución de los jueces del Colegiado E de la Sala Penal Nacional que ordena la excarcelación de los cabecillas terroristas procesados por el caso de la operación Perseo. El tribunal consideró que se ha vencido el plazo máximo de prisión preventiva.

Al amparo de esa resolución, Victoria Trujillo, quien formó parte del comité central de la organización terrorista Sendero Luminoso, fue puesta en libertad el pasado miércoles.

La orden judicial de excarcelación también comprende a , quien llegó a ser el número dos de la cúpula terrorista, y a Margot Liendo Gil, quien integró el comité central de Sendero Luminoso.

Sin embargo, ambos, que ya cumplieron una pena de 25 años de cárcel, no podrán salir en libertad, pues tienen vigente un mandato de arresto domiciliario por el proceso que se les sigue por el Caso Tarata.

El Instituto Nacional Penitenciario (INPE) ha solicitado al Poder Judicial que remita las direcciones donde Morote y Liendo cumplirán el arresto domiciliario. Solo cuando reciban ese informe, se procederá con su excarcelación.

La orden de liberación también comprende a Abimael Guzmán, María Pantoja y Florindo Flores ‘Artemio’, pero en esos casos no se podrá ejecutar porque ellos están condenados a cadena perpetua.

En el caso de la operación Perseo, se investiga el financiamiento del narcotráfico al Movimiento por Amnistía y Derechos Fundamentales (Movadef) y están procesadas 43 personas, entre integrantes de la cúpula senderista y de su organismo de fachada.

Para los cabecillas terroristas, inicialmente se había ordenado nueve meses de prisión preventiva, que luego se ampliaron a 18 y posteriormente a 36. Vencido ese plazo, un juzgado dispuso ampliar la prisión preventiva 12 meses más.

Sin embargo, el Colegiado E de la Sala Penal Nacional revocó esa medida y ordenó las excarcelaciones.

El fiscal Luis Landa lamentó la decisión judicial. Dijo que la sala “no ha sabido interpretar las normas y, equivocadamente, ha dispuesto la excarcelación, no de cualquier terrorista, sino de cabecillas”.

El magistrado informó que ayer fundamentó por escrito el recurso de nulidad contra el fallo. Este deberá ser resuelto por la Corte Suprema, posiblemente en un plazo de dos meses, según estimó el fiscal.

Landa advirtió que en los casos de Morote y Liendo, que estarán con arresto domiciliario, hay peligro de fuga y también la amenaza de que tengan más libertad para coordinar, hacer llamadas telefónicas y recibir visitas de miembros del Movadef.

La Procuraduría contra el Terrorismo también presentó ayer recurso de nulidad. Así lo informó el procurador Milko Ruiz, quien calificó de “infame” la resolución.

Explicó que la sala no ha aplicado lo fijado por el Decreto Legislativo 1307, que establece que una vez cumplido el plazo de 36 meses de prisión preventiva, este se puede ampliar por 12 meses más para organizaciones criminales, como Sendero Luminoso.

El presidente del Poder Judicial, Duberlí Rodríguez, sostuvo que los jueces de la Sala Penal Nacional tomaron esa decisión debido a que se cumplieron los plazos de la prisión preventiva.

- Caso Perseo -

La investigación preparatoria finalizó y el proceso se encuentra en la fase de control de acusación. Luego, se señalará la fecha del inicio del juicio oral.

La fiscalía ha pedido 25 años de prisión para los abogados Alfredo Crespo y Manuel Fajardo y otros dirigentes del Movadef y cadena perpetua para los cabecillas senderistas.