La Bolsa de Valores de Lima (BVL) informó que tras culminar el periodo para el directorio vigente entre el 2016 -2019 y de conformidad con su Estatuto Social, corresponde elegir a los miembros de su nuevo directorio para el período 2019 -2022, por parte de la Junta General Obligatoria Anual de Accionistas.
Así, recordó que la Junta, en la sesión del 11 de enero acordó modificar el artículo trigésimo quinto del Estatuto Social para añadir un director independiente más, pasando de tres a cuatro. Tras este cambio, el directorio contaría con 11 miembros para el nuevo periodo.
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Según la normativa del Estatuto Social (art. cuadragésimo noveno-B), el acuerdo para la elección de los directores independientes se deberá llevar a cabos dos votaciones; una de ellas para elegir a las directores independientes, y la otra para la elección de los miembros restantes, bajo las siguientes reglas:
1.- Cada acción tendrá derecho a tantos votos como directores deban elegirse.
2.- Cada accionista podrá acumular sus votos a favor de un candidato o distribuirlos entre varios candidatos.
3.- Serán proclamados directores quienes obtengan mayor número de votos, siguiendo orden de estos.
4.- Si dos o más personas obtienen igual número de votos y no pueden formar parte del directorio por no permitirlo el número de miembros a elegirse, se decidirá por sorteo cuál, o cuáles de ellos accederán al cargo de directores.
Así, el directorio propuso a la Junta General Obligatoria Anual de Accionistas los siguientes candidatos para el cargo de directores independientes:
1.- José Antonio Payet Puccio2.- Rafael Carranza Jahnsen3.- Jorge Melo-Vega Layseca4.- Claudia Cooper Fort5.- Lieneke Schol Calle6.- Karina Bruce Marticorena
El directorio saliente precisó que la exministra de Economía, Claudia Cooper, el régimen de impedimentos e incompatibilidades de la Ley 27588 y su reglamento, dejará de ser aplicable desde el 4 de abril de 2019, por lo que, en caso sea elegida como directora, deberá asumir el cargo recién en esa fecha o en fecha posterior.
También se detalla que una vez realizado el nombramiento de cada nuevo director, este surtirá efecto desde que la persona acepte expresamente o ejerza el cargo de director, lo que ocurra primero.
Por último, si la Junta General Obligatoria Anual de Accionistas no llegase a un consenso para la elección de los nuevos miembros del directorio, se procederá al voto acumulativo como mecanismo de elección.