La obligación de registrar los datos de la situación educativa de los trabajadores de las empresas peruanas vence el 31 de mayo de 2015, recordó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).Follow @PortafolioECpe !function(d,s,id){var js,fjs=d.getElementsByTagName(s)[0],p=/^http:/.test(d.location)?'http':'https';if(!d.getElementById(id)){js=d.createElement(s);js.id=id;js.src=p+'://platform.twitter.com/widgets.js';fjs.parentNode.insertBefore(js,fjs);}}(document, 'script', 'twitter-wjs');
“Desde el 01 de julio del 2014 y de manera obligatoria, se viene consignando los datos de la situación educativa de los trabajadores registrados en la planilla electrónica que llevan las empresas”, explicó el gerente del Centro Legal de la CCL, Víctor Zavala.
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Así, con el registro de estos datos se obtendrá información sobre la demanda de técnicos o profesionales en el mercado laboral local. Solo para el caso de los trabajadores antiguos, ingresados antes del 01 de julio del 2014, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) concedió nuevos plazos para que las empresas peruanas regularicen su situación. El primer plazo fue hasta el 31 de enero de este año y segundo, próximo a vencerse, hasta el 31 de mayo.
Como se sabe, el 19 de abril del 2011 se publicó la resolución ministerial 121-2011-TR , en la que se estableció la obligatoriedad de las empresas peruanas de consignar en la planilla electrónica los datos sobre el “nivel educativo” de cada trabajador: educación primaria, secundaria, superior, técnica, universitaria y título o grado.
Luego, recordó la CCL, con la resolución ministerial 107-2014-TR, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 06 de junio del 2014, se estableció que los datos sobre el nivel educativo debían ser modificados por “situación educativa”, al incorporar los siguientes datos: nombre de la carrera o especialidad, institución educativa y año de egreso.
MULTASDe existir alguna omisión o incumplimiento a la hora de consignar los datos sobre la situación educativa del trabajador, se cometerá una infracción grave y la multa irá entre el 5% y 10% de 6 a 10 UIT, según el número de trabajadores afectados.
Para resolver dudas e inquietudes, el Ministerio de Trabajo puso a disposición de los trabajadores la línea gratuita 0800-1-6872. Además, publicó una cartilla instructiva, así como un balotario de las preguntas más frecuentes para orientar a las empresas en el registro de la información educativa de sus trabajadores.