A partir de este año, los trabajadores con rentas de cuarta y quinta categoría -independientes y dependientes- tendrán la posibilidad de pagar hasta 10 UIT menos de Impuesto a la Renta (IR), deducción que dependerá del sustento que realicen las personas naturales en cuanto a sus gastos.Follow @EconomiaECpe
En ese sentido, la norma detalla que para los gastos de alquiler, podrán deducirse los pagos en hasta un 30%, siempre y cuando se presenten a la Sunat los recibos de arrendamiento respectivos.
Esto, según explicó a El Comercio José Ruiz Huidobro, asociado del área tributaria de Rodrigo, Elías & Medrano, se traducirá en que ahora los inquilinos buscarán exigir al arrendador la constancia del pago por el alquiler; lo que llevará a las personas naturales que arriendan viviendas a formalizar el mecanismo de pago.
“Lo que va a ocurrir en el mercado es que, mientras las personas busquen cómo deducir su Impuesto a la Renta, muchos se verán en la necesidad de regularizar y formalizar sus procesos. Es una buena medida para alcanzar ese objetivo, porque como antes no exigías constancia de pago, ahora a los inquilinos les va a ser más conveniente alquilarle al que le dé comprobante”, destacó el abogado.
Asimismo, Carla Peirano, asociada principal del estudio Echecopar, precisó que la norma exigirá pedir al arrendador recibos de arrendamiento, lo que hará tomar conciencia a las personas naturales sobre la importancia de contar con comprobantes de pago.
SI ALQUILO MI VIVIENDA, ¿CÓMO EMITO UN COMPROBANTE?
Para emitir dicho pago en los bancos o agentes bancarios autorizados, se necesitan los siguientes datos:
► Número de RUC del arrendador.
► Mes y año (Periodo tributario, por ejemplo setiembre de 2015 es 09-2015.
► Tipo y número del documento de identidad del inquilino o arrendatario (RUC/DNI/Carnet de Extranjería etc.)
► Monto del alquiler (en Nuevos Soles)
Ambos expertos destacaron que la Sunat pone a disposición, para todo aquél que lo necesite, una guía para arrendamiento; con esta la persona podrá organizar la información que necesite para obtener su recibo.
-
Lee más noticias de Economía...Tweets by EconomiaECpe