Comisión Permanente del Congreso extiende beneficios tributarios en IGV e ISC hasta el 2028

En publicación en El Peruano, se hizo oficial la prórroga a la vigencia de la exoneración del Impuesto General a las Ventas (IGV) y del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), que fue aprobado por la Comisión Permanente del Congreso.
Oficializan ampliación de ley que exonera IGV

Conforme a los criterios de

Saber más

La Comisión Permanente del Congreso aprobó en segunda votación el dictamen del Proyecto de Ley 13593/2025-PE, que extiende hasta el año 2028 la vigencia de la exoneración del Impuesto General a las Ventas (IGV) y del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) para ciertos bienes y servicios, según lo establecido en los apéndices I y II de la ley respectiva. Ayer fue publicado en El Peruano en edición extraordinaria.

¿Qué establece la disposición?

El proyecto aprobado plantea extender hasta el 31 de diciembre del 2028 la vigencia de las exoneraciones del IGV aplicables a determinados bienes y servicios incluidos en los Apéndices I y II de la Ley del IGV y del ISC.

Actualmente, dichas exoneraciones regían solo hasta el 31 de diciembre del 2025. De acuerdo con la propuesta, la modificación entraría en vigencia el 1 de enero del 2026.

De acuerdo con la el proyecto se tiene como finalidad “contribuir con el acceso a bienes y servicios que favorece el desarrollo social y económico, así como de aquellos que inciden favorablemente en las actividades que generan impacto en sectores más vulnerables”.

Bienes exonerados del IGV

El Apéndice I comprende una lista de bienes cuya venta o importación se encuentra exonerada del IGV. Entre los principales se incluyen productos e insumos agrícolas y bienes de primera necesidad, así como:

- Inmuebles destinados a sectores de escasos recursos

- Materias primas para la industria textil

- Oro para uso no monetario

- Vehículos destinados a misiones diplomáticas

Según la información técnica del proyecto, este apéndice representa el mayor impacto fiscal, con un costo estimado de más de S/5.700 millones para el año 2026, reportó Andina.

Servicios exonerados

El Apéndice II incluye servicios esenciales, entre ellos:

- Transporte público de pasajeros a nivel nacional, con excepción del transporte aéreo

- Servicios vinculados a la construcción y vivienda

- Servicios que promueven el ahorro, la inversión y el comercio exterior

El costo fiscal estimado de estas exoneraciones asciende a S/706 millones.

Más en Perú

Integratel: sindicatos respaldan reestructuración y plantean preservar empleos y derechos laborales

Visita del Papa León XIV al Perú podría atraer 50% más visitantes que la de Francisco: las cifras que “bendecirán” a nuestra economía

La visita del Papa León XIV inyectará hasta US$ 100 millones a la economía peruana e impulsará al sector hotelero

Grupo Inca, dueña de Incalpaca, que tiene entre sus marcas a Kuna: “En los últimos 5 años, el precio de la fibra de vicuña subió entre 20% y 25%”

Tomaría 19 años cerrar la brecha de infraestructura educativa: ¿Qué pasa en el sector y qué hacer para revertir el deterioro en la prueba PISA?

Cienciano: hotel, museo, sponsors y los goles del proyecto con el que el “Papá” busca ser campeón también fuera de la cancha

Contenido GEC

Contenido GEC