El Pleno del Congreso de la República aprobó por insistencia la ley que prohíbe los contratos de locación del servicios en el sector público.
Se trata del dictamen que agrupa los proyectos de ley 945, 5246, 5872 y 5875, que propone “prihibir a las entidades públicas contratar personal mediante la modalidad de locación de servicios para actividades de naturaleza subordinada”.
El Ejecutivo había observado esta norma con el argumento que afecta la igualdad de acceso a la función pública. En cambio, el Parlamento aprobó esta norma con 93 votos a favor, cero en contra y solo dos abstenciones.
La ley solo permite la contratación bajo esta modalidad a los servicios de carácter urgente y temporal, debidamente acreditados y por un lapso que no podrá exceder los seis meses.
Además, establece un plazo máximo de adecuación de un año para las entidades públicas. En este período deberán convocar a concursos públicos de méritos para que los trabajadores se incorporen al régimen que corresponda.
El Gobierno deberá elaborar el reglamento de la norma en los próximos 60 días, desde el día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.