Hace unos días el pleno del Congreso aprobó, en segunda votación, con 38 votos a favor, 10 en contra y 16 abstenciones el texto que plantea la modernización del sistema previsional peruano. La iniciativa plantea garantizar una pensión mínima para los peruanos en función a un esquema compuesto por cuatro pilares: no contributivo, semicontributivo, contributivo y voluntario.
No obstante, el congresista Jaime Quito Sarmiento, mediante una carta dirigida al presidente del Congreso, Alejandro Soto Reyes, solicita la nulidad de votos, en la que precisa una “vulneración del artículo 78 del Reglamento del Congreso de la República, durante la votación de la cuestión previa que determinó el retorno a la Comisión, Finanzas e Inteligencia Financiera del dictamen del Proyecto de Ley N.° 344 y otros, que propone la “Ley de modernización del Sistema Previsional Peruano”, el pasado 6 de junio del 2024″.
Además, se hace mención a qué el vicepresidente, quién dirigía el debate y la votación, decidió arbitrariamente consignar supuestos votos de congresistas que no habían registrado asistencia en la sesión presencial y que tras el cuestionamiento de diversos congresistas, se decidió por anular la votación y proceder a repetirla.
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“Por esta razón, solicito a usted la nulidad de los posteriores supuestos acuerdos sobre el dictamen, por haber vulnerado el artículo 78 del Reglamento del Congreso de la República”, añade el parlamentario.
Cabe precisar que, esta nueva ley crea el Sistema Integral Previsional Peruano (SIPP), incorporando al Sistema Nacional de Pensiones (SNP), conocido como ONP, y el Sistema Privado de Pensiones (SPP), conocido como la AFP, con el fin de garantizar la protección previsional de todos los ciudadanos, tengan o no un vínculo laboral.
Entre otros cambios destacan la pensión por consumo, personas, sean o no afiliados a las AFP y ONP, podrán destinar un 1% de sus consumos acreditados con comprobante de pago de hasta 41.200 soles al año (8 UIT) en compras individuales que no deben superar los 700 soles; adicionalmente, se establece que la pensión mínima será de S/600 (20 años de aportes) para los trabajadores del sector público.
Por otro lado, los menores de 40 años no podrán elegir retirar el 95,5% de su AFP al jubilarse. Además, se prohíben los nuevos retiros de la AFP.
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