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El Poder Ejecutivo promulgó el 14 de julio la ley que reduce las deudas tributarias de los años 1998 y 2005, fijando como plazo hasta el 31 de diciembre del 2014 para que los contribuyentes puedan acogerse al beneficio.
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Pero a la fecha nadie se ha acogido, debido a que no se emite el decreto supremo del reglamento de la norma, pese a haber transcurrido cuatro meses de ser promulgada la ley.
El superintendente nacional adjunto de la Sunat, Enrique Vejarano, confirmó que todavía no hay contribuyentes que hayan tramitado su acceso al beneficio de ley.
“Todavía tenemos un poco más de un mes para que se acojan los contribuyentes que tengan deuda en cobranza y que corresponda a aquellos periodos”, comentó Vejarano.
Además recordó que solo accederán al beneficio quienes desistan de los procesos impugnatorios o de apelación contra la Sunat sobre discordancias en materia de deuda tributaria.
“El reglamento va a definir algunas pautas, que entiendo va a estar saliendo en los siguientes días. Pero bueno, igual el beneficio está y los contribuyentes de una u otra forma podrían acogerse en lo que resta de estas semanas”, añadió.
Como se recuerda, la norma consiste en la eliminación de la capitalización de intereses de la deuda tributaria, por lo que al aplicar el interés simple la deuda se reduce de forma significativa.