El Poder Ejecutivo decidió extender los incentivos tributarios para promover los Fondos de Inversión en Bienes Inmobiliarios (FIRBI) hasta el 2022 para impulsar el uso de este instrumento financiero y la profundización del mercado de capitales.
La medida se da a través del Decreto de Urgencia N° 009-2019, publicada hoy en el diario oficial El Peruano.
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Mediante esta norma, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 el tratamiento del impuesto a la renta aplicable a la enajenación por aporte de bienes inmuebles al FIRBI y a la tasa de retención definitiva de las rentas de arrendamiento u otra forma onerosa de cesión en uso de bienes inmuebles atribuidas por el FIRBI, así como del Impuesto de Alcabala en las transferencias de propiedad de bienes inmuebles efectuadas como aportes al FIRBI.
Asimismo, Sunat publicará en su Portal de Trasparencia la siguiente información sobre la aplicación de los incentivos tributarios del impuesto a la renta regulados relacionados a los FIRBI, diferenciando el sector al que pertenecen los contribuyentes y señalando si se trata de personas naturales o jurídicas:
I) Porcentaje de participación en la retención definitiva con la tasa del 5%.
II) Número de contribuyentes que aplican los incentivos tributarios.
III) Nivel de concentración de los contribuyentes según decil de las retenciones totales efectuadas con la tasa del 5%.
IV) Monto total de las retenciones efectuadas con la tasa del 5%.
Mediante decreto supremo, en un plazo no mayor de 60 días calendario, se establecerán las disposiciones necesarias para la aplicación de la medida que efectuará Sunat.
Según información de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), al cierre de junio de 2019, la industria cuenta con 6 FIRBI inscritos en el Registro Público de Mercado de Valores (4 en etapa operativa), US$ 120 millones colocados (5 veces más que el monto administrado en el 2016) y 720 partícipes (siendo el 98% personas naturales).
La naturaleza y horizonte de inversión de los subyacentes de estos vehículos de inversión inmobiliaria y la experiencia internacional indica que el plazo requerido para la estructuración y colocación de un instrumento como el FIRBI toma entre 12 y 18 meses debido al proceso operativo, legal y de selección de activos que este implica, por lo que resulta importante darle continuidad a los incentivos fiscales de largo plazo a los FIRBI.
Cabe recordar que el año pasado el gobierno, aprobó modificaciones a la legislación tributaria a fin de establecer mejoras sobre el tratamiento tributario aplicable a los FIRBI, vehículo de inversión que contribuye a canalizar mayores flujos de inversión hacia el mercado de capitales.