El Indecopi sancionó en última instancia a tres empresas por concertar los precios de venta del balón de gas entre el 2008 y 2011 a nivel nacional. En este caso, que data desde el 2017, se le impuso una multa de S/49,3 millones a Solgas, Lima Gas y Zeta Gas Andino.
Se trata del caso más reciente de concertación de precios en el Perú, el cual ha sido ratificado por la Sala Especializada en Defensa de la Competencia (SDC) del Tribunal del Indecopi.
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Los casos de concertación de precios se producen cuando dos o más competidores se ponen de acuerdo sobre sus precios dejando de competir, lo cual perjudica económicamente a los consumidores.
Una de las herramientas del Indecopi para identificar y, de ser el caso, sancionar, a las empresas en estos actos es el programa de clemencia. Mediante este, las empresas o personas involucradas en uno de estos casos, podrán acudir a la autoridad y prestar su colaboración para investigar y sancionar a los integrantes del cártel. A cambio, se le reducirá o exonerará las multas que le hubiesen correspondido.
Si bien el Perú fue uno de los primeros en introducir este programa (desde 1996), fue recién en el 2014 que recibió su primera solicitud. A la fecha, son 24 solicitudes las que la entidad ha recibido, según indicó a este Diario, Jesús Espinoza, secretario técnico de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Indecopi.
El funcionario indicó que han recibido entre dos y cinco por año. Además, en lo que va del 2019, se ha presentado dos solicitudes.
“Los casos de clemencia incrementaron porque el Indecopi ha sido mucho más severo al sancionar los casos de concertación. En segundo lugar, porque incrementó sus vistas de inspección y la calidad de las mismas, con herramientas de informática forenses que utilizan las agencias mas avanzadas”, señaló.
CASOS EN INVESTIGACIÓNActualmente, el Indecopi viene vigilando en distintos mercados casos de concertación.
“Tenemos 27 investigaciones preliminares donde estamos investigando si existen casos de concertación. (...) Tenemos varias investigaciones en paralelo, en diversos sectores, prioritariamente en los vinculados a la canasta básica familiar”, resaltó.
El Indecopi, agregó, trata de priorizar sus casos en función a los que generen un mayor efecto competitivo.
CIUDADANOS TAMBIÉN PUEDE DENUNCIARDesde el 2018, los ciudadanos pueden colaborar con el Indecopi en la detención y sanción de cárteles, mediante el Programa de Recompensas. Aquellos que aporten información útil para detectar y sancionar casos de concertación podrán ser recompensados hasta con S/400.000.
Espinoza indicó que podrán calificar en este programa quienes no participen en el cartel, pero tienen información sobre la operación y pruebas que ayuden a detectar el funcionamiento del cártel.
“Por ejemplo, [puede ser] una secretaria, un familiar de algún ejecutivo, una persona que trabaja en un distribuidor que trabaja en una empresa que está concertando. Eso es aún una novedad, que es usada por ejemplo como Reino Unido”, agregó.
Hace muy pocos días [Indecopi] ha publicado su proyecto de reglamento que espera emitir su versión final este año.
EL PROCEDIMIENTOEn un primer momento, la Secretaría Técnica (ST) de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia acusa a las empresas de haber incurrido en concertación de precios, a través de un oficio de procedimiento administrativo sancionador.
Tras ello, las empresas tienen la oportunidad de defenderse ante un órgano imparcial, que es la Comión de Libre Competencia del Indecopi, explica Espinoza. Se trata de la primera instancia.
Posteriormente, el Tribunal del Indecopi, que es la segunda instancia administrativa, es la encargada de confirmar la sanción impuesta. Ante esta decisión, las empresas pueden recurrir al Poder Judicial.