A poco más de tres meses de que el Ejecutivo presentara una demanda de inconstitucionalidad contra la ley de ascensos automáticos en el sector salud (Ley 31039), aprobada por insistencia a fines de agosto en el Congreso, el pleno de Tribunal Constitucional (TC) resolvió por unanimidad fundada dicha demanda. Fuentes cercanas al tribunal precisaron a este Diario que la resolución emitida tras la decisión aclaró que el Congreso no tiene iniciativa de gasto sobre el Tesoro Público.
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Este fue uno de los argumentos que dio el Ejecutivo en la presentación de su demanda, así como el hecho de que el Congreso no haya considerado los puntos incluidos en la observación a la autógrafa de la ley inicialmente aprobada; entre los que se detallaba, por ejemplo, que la iniciativa vulneraría el derecho a la igualdad ante la ley y de los principios de igualdad de oportunidades y meritocracia, entre otros puntos.
Como se recuerda, la iniciativa buscaba permitir que los profesionales de la salud que fueran servidores públicos tanto en Essalud como en el Minsa ascendieran de forma automática y excepcional, considerando el número de años de servicio. También apuntaba a habilitar el cambio de grupo ocupacional, cambio de línea de carrera, nombramiento y cambio a plazo indeterminado de los profesionales y personal administrativo del rubro.
Antes de que los parlamentarios insistieran en su aprobación, el Ejecutivo alertó en diversas oportunidades sobre el millonario costo de la ley, y la afectación al Estado en tiempos de mucho gasto y baja recaudación por la crisis económica. Según la demanda que el Gobierno presentó al TC, el costo supera los S/1.150 millones.
Antecedentes. Con anterioridad, el TC también declaró inconstitucional la ley que suspendió el cobro de peajes, por vulnerar la libertad de contratar.
Para la expresidenta de Essalud Virginia Baffigo, hay un mensaje técnico y político en la decisión del TC.
“Que la decisión se tome por unanimidad de por sí es un mensaje en el sentido de que hay acuerdo pleno respecto a la vulnerabilidad de la Constitución con esta ley. Creo que es una llamada de atención para el Congreso, porque se entiende que los legisladores tienen que respetar la Carta Magna por sobre todas las circunstancias o intereses”, remarca.
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Al mismo tiempo, considera que se deberían abordar los problemas de fondo de la contratación de servidores públicos en el sector para encontrar otra manera de superar los problemas que efectivamente existen, y que explican las legítimas demandas de los trabajadores. Coincide con ella Marcel Ramírez, docente de la Escuela de Gestión Pública de la Universidad del Pacífico, y añade que este es un problema que se percibe en todo el sector público y explica, de alguna manera, que el Congreso haya aprobado la semana pasada eliminar el régimen CAS, tomando también una decisión apresurada de grave impacto económico.
TRASCENDENCIA AL CASO ONP
El exministro de Economía y Finanzas David Tuesta opina que la decisión del TC debería allanar el camino para decisiones más rápidas de cara a otros proyectos que están a la espera, para evitar un impacto adverso, como la demanda de inconstitucionalidad por la ley que permitiría el retiro de aportes de la ONP.
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“Lo de la ONP es bastante peliagudo políticamente hablando. Hay una movilización fuerte de personas que buscan tener acceso a esa UIT (S/4.300). ¿Qué va pasar cuando el TC diga que no? Si empiezan a pagar por un retraso de decisión de la demanda, va a ser complicado de detener eso luego”, advierte.
Así las cosas, todo apunta a que la norma sobre el retiro de aportes de la ONP calificaría también como una que tiene iniciativa de gasto y que sale de los límites del Legislativo. Pero, más allá de las decisiones que tome esta instancia, los expertos coinciden en que en materia de falsas expectativas generadas a la población sobre normas aprobadas sin sustento técnico, como la del sector salud, el daño ya está hecho.