Mincetur dispone no aplicar salvaguardia definitiva sobre importaciones de confecciones

La medida se determinó debido a que el informe de Indecopi no permitió determinar la existencia de amenaza de daño grave a la producción nacional.
Mincetur ya había decidido no aplicar la salvaguardia provisional en febrero. (Foto: GEC)

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo () decidió no aplicar una salvaguardia definitiva sobre las importaciones de confecciones al considerar que no el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual () no determinó la existencia de amenaza a la producción nacional.

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Según Decreto Supremo N° 008-2021-MINCETUR, publicado este lunes en el Diario Oficial El Peruano, el informe de la Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias de Indecopi no contó con la información mínima necesaria que permitiese determinar un daño a la producción local por el aumento de las importaciones.

“Al no haberse obtenido la información mínima necesaria de una proporción importante de los productores nacionales de confecciones para definir la rama de producción nacional (...), no cabe efectuar alguna recomendación a la Comisión Multisectorial respecto a la posible aplicación de medidas de salvaguardias definitivas sobre las importaciones de confecciones”, señalan los considerandos de la norma.

La referida Comisión Multisectorial se encarga de aplicar las medidas de salvaguardia previstas. Se encuentra conformada por el ministro de Economía y Finanzas, el ministro de Comercio Exterior y Turismo y el ministro del Sector al que pertenezca la rama de producción nacional afectada.

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En febrero de este año, Mincetur ya había decidido no aplicar la salvaguardia provisional al considerar que un informe de Indecopi no permitió acreditar la existencia de pruebas claras referidas al daño grave que habrían causado las importaciones sobre la industria peruana de confecciones.

La salvaguardia es un mecanismo de protección que los países miembros de la Organización Mundial de Comercio (OMC) pueden imponer en sus territorios ante un incremento masivo de las importaciones que causan o amenazan causar un daño grave a la industria nacional, pero para ello se deben cumplir una serie de requisitos.

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