El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) lamentó este martes que el Tribunal de Defensa de la Competencia y de Protección de la Propiedad Intelectual del Indecopi emitiera una medida cautelar para prohibir a Sunafil inspeccionar y/o sancionar el uso desnaturalizado de la tercerización de servicios.
Cabe señalar que la supervisión queda cancelada hasta que se emita un pronunciamiento definitivo de la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi.
En ese sentido, a través de un comunicado, el MTPE consideró necesario señalar que el Decreto Supremo 001-2022-TR busca proteger los derechos fundamentales de los trabajadores sujeto de tercerización, como la igualdad de remuneración y la libertad sindical.
“Puesto que, por ejemplo, los tercerizados no ganan lo mismo que los de la empresa principal pese a que realizan similares labores y es más difícil su afiliación al sindicato debido a su contratación temporal”, indicó.
Asimismo, precisó que tiene como objetivo tutelar la estabilidad laboral, la seguridad y salud en el centro de labores, ya que los trabajadores tercerizados son contratados a plazo fijo a pesar de que realizan labores permanentes y tres de cada cuatro accidentes en el sector minero corresponden a trabajadores tercerizados.
“Debido a que la medida cautelar no cuestiona la vigencia del Decreto Supremo 001-2022-TR, desde el MTPE continuaremos con la defensa y el respeto de los derechos de los trabajadores tercerizados, dentro del ámbito de nuestras competencias, y nos reafirmamos en que los derechos laborales no son ‘barreras burocráticas’”, concluyó.
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