La Comisión de Protección al Consumidor N°3 del Indecopi multó con S/237.820 (51,7 unidades impositivas tributarias) a las empresas Real Plaza y Oechsle por el accionar indebido del personal de seguridad que contrataron y que, en setiembre de 2021, ocasionó el fallecimiento de un ciudadano.
Este lamentable hecho se suscitó en las instalaciones del Real Plaza Primavera en San Borja.
El órgano resolutivo indicó que tomó esta decisión debido a que las compañías no respetaron el artículo 25 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, generando un riesgo injustificado a la seguridad de los consumidores.
Aquí el LINK de la resolución dada por la primera instancia del Indecopi.
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Medidas correctivas
Para evitar que estos hechos vuelvan a ocurrir, Indecopi ordenó a las empresas que, además de contratar los servicios de seguridad autorizadas, garanticen que dicho personal reúna el perfil necesario para el cumplimiento de sus protocolos o procedimientos de actuación en casos de situaciones que perturben el orden.
Sostuvo que el personal debe contar con capacidad física y psicológica para realizar una contención adecuada cuando corresponda.
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Precisó que, a la fecha, las empresas se encuentran dentro del plazo legal para presentar recurso de apelación contra dicha sanción ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi, segunda y última instancia administrativa de la institución.
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