El Ministerio de la Producción (Produce) dispuso la obligatoriedad del uso de la casilla electrónica para las notificaciones de sus actos administrativos y de fiscalización, según Decreto Supremo N° 007-2020-Produce publicado este miércoles en El Peruano.
El reglamento, que es parte del decreto refiere que el uso de la casilla electrónica, tiene como finalidad mejorar la eficiencia en el procedimiento de notificación de las actuaciones administrativas de Produce.
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El ministerio asignará a los administrados bajo su ámbito, de manera obligatoria, una casilla electrónica, la cual se constituye en el domicilio digital para la notificación de los actos administrativos. El trámite para la asignación de dicha casilla será regulado mediante una directiva en un plazo de 30 días calendario, contados a partir de la publicación del reglamento.
Los usuarios estarán obligados a revisar periódicamente la casilla electrónica asignada, a efectos de tomar conocimiento de las notificaciones que se les envíen. Asimismo, deben mantener la confidencialidad y adoptar las medidas de seguridad necesarias en el uso del nombre de usuario y la clave de acceso a la casilla.
Los órganos y unidades de Produce podrán optar por otras modalidades de notificación en caso se encuentren imposibilitados de hacerlo mediante la casilla electrónica, lo cual deberá ser certificado mediante un reporte del ministerio.
Produce podrá remitir a los usuarios mensajes de correo electrónico o mensajes de texto (SMS) para alertarles sobre el envío de una notificación a su casilla electrónica.
Además, el Ministerio de la Producción podrá desactivar la casilla asignada a un usuario en caso hayan transcurrido dos años desde el último depósito de un acto administrativo o cuando el usuario comunique que no desea mantener activa la casilla electrónica, siempre que no exista un procedimiento en trámite.
La implementación de la casilla electrónica se realizará a través de la plataforma web del Sistema Informático de Notificación Electrónica de Produce.
El Decreto Supremo publicado hoy entrará en vigencia a los 90 días calendario posteriores a su publicación. Produce aprobará mediante Resolución Ministerial las normas y acciones necesarias para la implementación del reglamento en un plazo máximo de 60 días calendario contados a partir de su publicación.
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¿Qué es la covid-19?
La covid-19 es la enfermedad infecciosa que fue descubierta en Wuhan (China) en diciembre de 2019, a raíz del brote del virus que empezó a acabar con la vida de gran cantidad de personas.
El Comité Internacional de Taxonomía de Virus designó el nombre de este nuevo coronavirus como SARS-CoV-2.
¿Cuáles son los síntomas del nuevo coronavirus?
Entre los síntomas más comunes del covid-19 están: fiebre, cansancio y tos seca, aunque en algunos pacientes se ha detectado dolor corporal, congestión nasal, rinorrea, dolor de garganta y diarrea. Estos malestares pueden ser leves o presentarse de forma gradual; sin embargo, existen casos en los que la gente se infecta, pero no desarrolla ningún síntoma, precisó la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Además, la entidad dio a conocer que el 80 % de personas que adquieren la enfermedad se recupera sin llevar un tratamiento especial, 1 de cada 6 casos desarrolla una enfermedad grave y tiene dificultad para respirar, la gente mayor y quienes padecen afecciones médicas subyacentes (hipertensión arterial, problemas cardiacos o diabetes) tienen más probabilidades de desarrollar una enfermedad grave y que solo el 2 % de los que contrajeron el virus murieron.
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