El último viernes, el Congreso aprobó un dictamen para la reprogramación y congelamiento de deudas. El siguiente paso es que este documento –que reúne propuestas del Parlamento, así como del Ejecutivo– sea enviado al Ejecutivo para su promulgación.
Con esta iniciativa, se busca atender a las personas naturales y mypes afectadas por la emergencia nacional. Manuel Merino, presidente del Congreso, precisó que “se beneficiarán 7,5 millones de peruanos”.
MIRA: Congreso aprobó ley para la reprogramación de deudas de personas naturales y Mypes por el COVID-19
En primer lugar, los beneficiarios de la reprogramación serán las personas que, al 29 de febrero del 2020, registren una calificación de riesgo “Normal” o “Con Problema Potencial” en créditos de consumo, personales, hipotecarios para vivienda, vehiculares y mypes.
Ahora, para tal fin, se ha creado el “Programa de garantías COVID-19”. Su objetivo será garantizar los créditos reprogramados de las personas naturales y mypes. Cabe resaltar que la garantía se extinguirá de forma automática si las declaraciones juradas o documentos que permitieron su otorgamiento son falsos o inexactos.
El honramiento de la garantía por parte del Estado se realiza después de 90 días de atrasos de los créditos reprogramados por las Empresas del Sistema Financiero (ESF).
A continuación, el detalle. Vale recordar que la garantía cobertura el saldo insoluto (monto pendiente de pago) del capital del crédito reprogramado al momento del incumplimiento, además que la persona natural o mype solo puede acceder a uno de los beneficios:
Créditos de consumo y personales
Modalidad de pago realizado | Garantías para saldo insoluto hasta S/ 5.000 | Garantías para saldo insoluto mayor a S/ 5.000 hasta S/ 10.000 |
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Si el deudor pagó la tercera parte de las cuotas de su cronograma de pagos | 60% | 40% |
Si el deudor pagó las dos terceras partes de las cuotas de su cronograma de pago | 80% | 80% |
Más consideraciones:
- El crédito total en el sistema financiero al 31 de agosto de 2020 debe ser no mayor a S/ 10.000.
- Excluye a personas naturales con negocio que han accedido al programa “Reactiva Perú”, Fae-Mype, FAE-Turismo y FAE-Agro u otro programa similar.
Créditos mype y vehiculares
Modalidad de pago realizado | Garantías |
---|---|
Si el deudor pagó la tercera parte de las cuotas de su cronograma de pagos | 40% |
Si el deudor pagó las dos terceras partes de las cuotas de su cronograma de pago | 80% |
Los porcentajes presentados anteriormente solamente se aplican si las entidades financieras reducen el costo del crédito en por lo menos los siguientes porcentajes:
Tasa de interés original o reprogramada (la que resulte mayor) | Porcentaje de reducción de tasa en: |
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Hasta el 10% | 15% |
De 11% a 30% | 20% |
De 31% a más | 25% |
Esto se logra a través de la reducción de las tasas de interés, estableciendo la condonación de una o varias cuotas en el cronograma de pagos o una combinación de ambos.
Más consideraciones
*Mypes
- El crédito en el sistema financiero al 31 de agosto del 2020 debe ser no mayor a S/ 20.000.
- Excluye, asimismo, a mypes que accedieron al programa “Reactiva Perú”, Fae-Mype, Fae-Turismo y FAE-Agro u otro programa similar.
- El deudor no debe tener deudas tributarias administradas por la Sunat, exigibles en cobranza coactiva mayor a 1 UIT (S/ 4.300) al 29 de febrero de 2020.
*Créditos vehiculares
- El monto de origen del crédito debe ser no mayor a S/ 50.000 en todo el sistema financiero.
Para estos créditos (consumo, personales, mypes y vehicular), asimismo, las entidades podrán establecer un periodo de congelamiento de 90 días. Este beneficio aplica para aquellos deudores que no han podido realizar ningún pago en los últimos tres meses antes de la publicación de este documento.
Créditos hipotecarios para viviendas
Para este caso, la garantía que se otorga cubre el 50% de la porción pendiente del capital que corresponde al segundo tercio de las cuotas reprogramadas. Esto siempre que el deudor haya pagado el primer tercio de las cuotas reprogramadas.
Además, cubre el 80% de la porción pendiente del capital correspondiente al último tercio de las cuotas reprogramadas. Esto siempre que el deudor haya pagado los dos tercios de las cuotas reprogramadas.
Nota: Los porcentajes de la garantía solo se aplican si las entidades financieras reducen el costo del crédito en al menos 10%.
Más consideraciones:
- El monto de origen de crédito debe ser no mayor a S/ 250.000 solo para la primera y única vivienda.
- Se excluyen los créditos del programa “Mivivienda”.
Plazo mínimo de las reprogramaciones
Créditos | Plazo mínimo del crédito reprogramado (6 meses) |
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Consumo y personal | 6 meses |
Vehicular | 6 meses |
Hipotecario para vivienda | 9 meses |
Mype | 6 meses |
Además, el plazo no puede exceder de 36 meses, incluido periodo de gracia.
Para tener en cuenta
- Acogerse a este programa de garantía no genera deterioro de la calificación crediticia del deudor.
- Para acceder a uno de los beneficios, se presenta una declaración jurada a la entidad financiera, que tiene un plazo de atención de la solicitud de máximo 15 días, incluyendo la evaluación previa.
- Una vez publicado el reglamento en El Peruano, la persona natural o mype deberá realizar su solicitud ante la entidad en un plazo máximo de 70 días.
- A este programa no pueden acceder las personas naturales o jurídicas sometidas a procesos por delitos de corrupción y conexos, o cuyos representantes estén siendo investigados por dichos delitos. Tampoco acceden quienes estén inhabilitados por el Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (Osce).
Lo que los expertos dicen
En opinión del profesor de la facultad de Economía de la Universidad del Pacífico (UP), Enrique Castellanos, se trata de un proyecto de ley “nocivo que perjudica más de lo que beneficia”. Así lo señaló el especialista añadiendo que los bancos ya habían reprogramado alrededor de S/ 137.000 millones en créditos.
“[Este documento] es perverso porque, primero, dejas de lado a gente que debería poder calificar y, por otro lado, ingresas a gente que no necesitaba reprogramar; pero que se va a subir al coche”, explicó a El Comercio.
Además de ello, señala que se genera “un riesgo moral en todos los deudores”. Esto debido a que las personas podrían dejar de cumplir con el pago sus deudas. Consecuentemente, a su decir, “para cualquier sistema bancario es muy peligroso”.
Mientras tanto, el exjefe de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), Juan José Marthans, consideró que aún es temprano para observar los efectos de las reprogramaciones. “Hay que tener mucho cuidado con la evaluación de este programa de garantías, porque es importante saber en detalle –entidad financiera por entidad financiera– qué monto de recursos garantizados se utilizaron, y [...] en qué magnitud se vieron beneficios como consecuencia de esta garantía del Estado”, manifestó.
Estos beneficios, explicó, se deben medir en tres dimensiones: reducción del costo de crédito efectivo, ampliación de plazo para servir la deuda y el periodo de gracia. “Si es que no se da una medición concreta entidad financiera por entidad financiera de esos tres elementos, más el monto de recursos garantizados por la parte del Estado, yo creo que podría haber una inadecuada percepción de lo que significa el éxito de este programa”, subrayó.
Por su parte, el economista Jorge González Izquierdo opinó que lo recientemente aprobado “es una alternativa mucho mejor a las dos propuestas que tenía el Congreso”.
No obstante, el experto cuestionó el presupuesto destinado para este programa, que es de S/5.500 millones. “Me parece una exageración e inconveniente para los intereses de la estabilidad fiscal del país”, expresó.
Otro punto sobre el cual hizo énfasis es el periodo de gracia. A su criterio, se hubiera establecido un plazo mayor porque “la economía peruana no se va a sanar en noventa días. A la economía le va a tomar un año, o más de un año, recuperarse”, puntualizó.