La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó este jueves que cerca de 500,000 contribuyentes ya han presentado su Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2020 antes del inicio del cronograma final de vencimientos que inició hoy 25 de marzo y concluirá el próximo 12 de abril.
En un comunicado, el ente tributario precisó que del número total de contribuyentes que ya cumplieron con presentar su declaración anual de renta 2020, el 62% involucra a rentas de trabajo de personas naturales, quienes hicieron la declaración utilizando el Formulario Virtual N° 709 que está disponible en el portal institucional (www.sunat.gob.pe) o mediante un smartphone con el APP Personas.
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En el caso de empresas, la Sunat dijo que se tienen registradas casi 200,000 declaraciones presentadas utilizando el Formulario Virtual N° 710, disponible también en la plataforma Sunat Operaciones en Línea, a la que se puede ingresar con la Clave SOL y Código de Usuario.
“Se estima que deben presentar la declaración anual unas 700,000 [empresas], pertenecientes a los regímenes General y/o MYPE Tributario (no están obligadas a presentarla los contribuyentes del Nuevo RUS y del Régimen Especial de Renta)”, dijo el ente recaudador.
Para mayores facilidades al presentar la declaración, la Sunat dijo que estos contribuyentes tienen dos versiones del Formulario Virtual N° 710, el simplificado o completo, con información referencial del saldo a favor, los pagos a cuenta y las retenciones del impuesto, así como el Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN) que no haya sido aplicado como crédito contra los pagos a cuenta.
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Devoluciones
En el caso de las personas naturales, la Sunat prevé que de las 600,000 personas que deben presentar su declaración, 250,000 tienen una devolución por cobrar. A la fecha ya se han presentado unas 120,000 solicitudes, de las cuales se han atendido 80,000 (S/ 106 millones devueltos), en un plazo menor a los 45 días hábiles establecidos legalmente.
Las devoluciones se pueden realizar mediante un depósito en cuenta (siempre y cuando haya registrado previamente su Código de Cuenta Interbancario, si no lo hizo lo puede hacer por Internet), orden de pago financiera o cheque.
Fraccionamiento
En caso lo necesiten, las personas y empresas tienen la posibilidad de solicitar el fraccionamiento o aplazamiento del pago del impuesto determinado, inmediatamente después de presentar la declaración, sin necesidad de acudir a una oficina de la Sunat.
La Sunat señaló que a la fecha ha recibido solicitudes de fraccionamiento por más de S/ 20 millones, principalmente de personas naturales.
Recordó que se puede aplazar la deuda hasta por seis meses, fraccionarla hasta por 72 meses o el aplazarla y fraccionarla a la vez. La tasa de interés aplicable al fraccionamiento es del 0.8% mensual. La Sunat requerirá garantías siempre y cuando la deuda supere las 100 UIT (S/ 440,000).
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