Desde el 1 de mayo entró en vigencia la Ley que exonera del IGV a los productos de la canasta básica familiar, en donde está incluido el pan. No obstante, esta norma no sería del todo efectiva, ya que el precio del pan se mantiene aún en 40 céntimos la unidad y al parecer, este costo se va a mantener a pesar de la exoneración.
Al respecto, Mario Flores, representante de la Asociación Peruana de Empresarios de la Panadería y Pastelería (Aspan), señaló a AmericaTV que la normativa antes mencionada no influye directamente en el costo final del producto, ya que existen otros factores que intervienen en la elaboración del pan que no se tienen en cuenta; por ejemplo, gastos de servicio de gas y de energía eléctrica, gasto de personal, gastos de maquinaria, etc.
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Adicional a ello, está el elevado costo de los insumos para la elaboración del pan, los cuales han subido por el contexto internacional y hasta la actualidad se han mantenido en esos niveles. “Entonces, ante esta situación nosotros tenemos que mantener el precio que tenemos para respetar la estructura de costos elaborados”, acota Flores.
El representante de Aspan añadió que no podrían reducir el precio del pan, ya que eso depende de los costos directos e directos del sector.
“Nosotros ya hicimos la posición de nuestro stock (de insumos) el día 30 para un mes, pero ahora los precios han encarecido nuevamente. A nosotros no nos avisan, simplemente cuando vemos las facturas nos damos cuenta que hay un incremento. Incluso deberíamos tener el costo del pan más elevado, pero también tenemos que pensar que se trata de un producto que atiende a las grandes mayorías”, agrega Mario Flores.
Por otro lado, tampoco es una opción subir más los precios, ya que la demanda reduciría y estos sería contraproducente para los negocios.
¿En qué consiste la exoneración del IGV?
Cabe recordar, que como medida para combatir la reducción de los precios de los alimentos, el Congreso aprobó el 12 de abril el dictamen de allanamiento a las observaciones que hizo el Poder Ejecutivo, en donde se establece la exoneración del impuesto general a las ventas (IGV) para los productos alimenticios de la canasta básica.
Los alimentos considerados por la Ley son el pollo, huevos, azúcar, pastas alimenticias y pan.
¿Desde cuando entró en vigencia la Ley?
La vigencia de la exoneración del IGV a los alimentos rige desde el 1 mayo hasta el 31 de julio del 2022.
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