El 31 de diciembre del 2020 se publicó la norma que regula la ley sobre un nuevo régimen agrario. Como se recuerda, esta discusión en el Congreso se dio cuando empezaron las protestas en el norte y sur del país por parte de los trabajadores de las agroexportadoras.
Brian Ávalos, laboralista de Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados recordó que había una serie de observaciones sobre este régimen por estipulaciones controvertidas. “Lo característico de un régimen especial es que incentive a crecer al sector agrario, y lo que hace esta norma es establecer sobrecostos, incluso mayores a lo que establece el propio régimen general”, dijo.
Por otro lado, apuntó que la norma se configuró para acallar el conflicto social que había básicamente en Ica y Trujillo, pero lo curioso es que en el sector agrario los formales no llegan ni al 10% de los trabajadores, con lo que esta norma solamente involucra a un grupo.
Para el experto, sí había cosas que corregir de la normativa anterior, pero lo más importante era la presencia del Estado a través de las inspecciones laborales para velar por el cumplimiento de los derechos de los trabajadores. Por ejemplo, en Ica solo había 10 inspectores, y tras las protestas mandaron a 50 más, pero para toda una región aún es poco.
Ávalos señaló que la norma incrementa los costos y nos hace menos competitivos en el ámbito del sector agrario. Es más, dio a conocer que existen varias empresas que están interponiendo acciones de amparo, e incluso cuestionando la validez constitucional.
¿Qué pasa con el reglamento?
Casi dos meses después de publicada la norma del régimen agrario todavía no cuenta con un reglamento para poder ponerla en práctica. El laboralista César Puntriano refirió que el plazo fijado en la propia norma para su reglamentación ya venció a fines de enero.
“Lamentablemente, el Poder Ejecutivo nunca emite los reglamentos en el plazo que fijan las leyes. En este caso es fundamental el reglamento porque la norma es poco clara en algunos aspectos”, indicó.
Puso como ejemplo que la ley indica que el régimen especial laboral no se aplica a aquellos trabajadores que realizan soporte técnico en las empresas comprendidas en el régimen especial, pero hay muchas empresas que no han tenido claro el alcance de este término y urge su precisión.
“Para el experto, sí había cosas que corregir de la normativa anterior, pero lo más importante era la presencia del Estado a través de las inspecciones laborales”.
Mientras que Ávalos acotó que el reglamento está demorando y sigue en etapa de elaboración. “Entiendo que a finales de enero se comenzaron a discutir los términos. Pero hay varias cosas importantes que se deben definir, ojalá que salga pronto”, mencionó.
¿Hasta qué punto el reglamento puede ajustar la norma? Ávalos recordó que el reglamento no puede ir más allá de la ley, y este desarrolla el ámbito normativo de la ley y sus regulaciones. Pero remarcó que “hay una serie vacíos en la norma e imprecisiones que el reglamento debe aclarar”.
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