El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recordó que desde este lunes 20 de enero rigen una serie de restricciones de cara a las elecciones parlamentarias del 26 de enero.
El JNE mencionó que la primera prohibición que rige es la difusión de encuestas. En caso incumplir esta disposición, la empresa encargada de los sondeos difundidos será sancionada con una multa de entre 10 y 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) (entre 43.000 y 430.000 soles).
Asimismo, el JNE señaló que desde el viernes 24 también estará prohibida la realización de mítines o reuniones de carácter político. Su vulneración, según lo prevé el artículo 388 de la LOE, se sanciona con cárcel no menor de tres meses ni mayor de dos años. Los mítines se pueden realizar hasta el jueves 23 con una distancia de un kilómetro entre una y otra actividad partidaria.
Ley seca
Asimismo, desde las 08:00 horas del sábado 25 rige la prohibición de expendio de bebidas alcohólicas, la cual se extiende hasta las 08:00 horas del lunes 27. El incumplimiento de esta disposición se sanciona con cárcel no mayor de seis meses, multa de 2 790 soles y pena accesoria de inhabilitación.
El día del sufragio, entre las 08:00 y 16:00 horas no están permitidos los espectáculos populares ni las funciones en cines y teatros, ni reuniones de electores en un radio menor de 100 metros de los centros de sufragio.
Las elecciones parlamentarias se llevarán a cabo el domingo 26 de enero del 2020. En este proceso están habilitados para votar 24’799.384 ciudadanos, de los cuales 974.230 son peruanos que residen en el extranjero.