El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ya tiene el plazo vencido para decidir sobre la apelación presentada por Martín Vizcarra contra la exclusión de su candidatura al Congreso por Somos Perú.
PUEDES: Elecciones 2021: Los rostros técnicos de esta campaña electoral | ESPECIAL
La ley electoral le otorga solo tres días calendario para pronunciarse, señalaron los abogados José Naupari y José Tello, especialistas en derecho electoral. La audiencia por este caso se efectuó el martes pasado.
“Ciertamente, el Jurado Nacional de Elecciones no ha sido muy proclive a respetar ese plazo. [...] La pregunta que habría que hacerle es cuántas apelaciones tiene pendientes y en qué orden entró el caso del señor Vizcarra”, dijo Naupari.
Tello señaló que el pleno del JNE puede alegar carga procesal. De acuerdo con el cronograma electoral, el 10 de febrero es la fecha límite para la publicación de fórmulas y listas admitidas.
El pleno tampoco ha resuelto en el plazo de tres días otras apelaciones presentadas por partidos como Alianza para el Progreso y el Apra.
En suspenso
En primera instancia, el Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 2 excluyó a Vizcarra de la contienda electoral por omisión de datos sobre bienes y rentas. El exmandatario no reportó en su hoja de vida las acciones que tiene en la empresa Agrotécnica Estuquiña.
El abogado de Vizcarra, Fernando Ugaz, alegó ante el pleno del JNE que el requisito que señala el JEE Lima Centro 2 para la exclusión no está normado.
De acuerdo con Ugaz, la declaración jurada que deben presentar los candidatos señala que se debe precisar la renta de acciones, “y lo que se colocó [en el caso de Vizcarra] es cero [porque no obtuvo renta]”.
Naupari consideró que defectos en el formato de declaración jurada no tendrían que perjudicar a los candidatos.