El expresidente Martín Vizcarra anunció el viernes su candidatura al Congreso con el partido Somos Perú y dio a conocer el ofrecimiento de la presidenta de la agrupación, Patricia Li, de encabezar la lista por la región Lima. Debido a esta postulación, la discusión se centra en las prerrogativas que tendría el exmandatario de ingresar al Parlamento.
Uno de los temas por ser definidos en el Congreso es la reforma de la inmunidad parlamentaria, que tal como está establecida alcanzaría al expresidente.
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Martín Vizcarra y un paso para la inmunidad parlamentaria
Aunque fue un férreo detractor de mantener la inmunidad parlamentaria, debido a que la reforma de esta aún no ha sido definida en el Congreso, Martín Vizcarra sería beneficiado por ella de lograr un escaño en el Congreso.
El penalista Rafael Chanjan, investigador del Idehpucp, dijo a El Comercio que la inmunidad es una prerrogativa que tienen los congresistas y otorga determinados privilegios: la inmunidad de proceso y de arresto.
La inmunidad de proceso impide, por ejemplo, que los congresistas puedan ser procesados por delitos comunes que no se vinculan con su función congresal. “La inmunidad de proceso se puede aplicar para delitos comunes cometidos en la función congresal y delitos previos, comunes, antes de que sean proclamados congresistas”, explicó Chanjan.
Aquí, señaló, hay una controversia: ¿Cuándo se considera que existe un proceso? En su opinión, así como hay jurisprudencia y otros autores señalan, considera que esta inmunidad de proceso no incluye diligencias preliminares, sino desde el momento en que se formaliza la investigación.
“Son delitos comunes previos a la función congresal y si se encuentran en investigación preliminar no hay problema de que se sigan desarrollando. Pero, cuando se quiera formalizar la investigación en el Ministerio Público, habrá ese impedimento que un congresista pueda ser sujeto a una investigación formalizada si no hay levantamiento de inmunidad”, señaló.
Vizcarra actualmente es investigado preliminarmente por la fiscalía respecto a los casos Lomas de Ilo, el Hospital Regional de Moquegua y los contratos presuntamente irregulares de Richard Cisneros -conocido como Richard Swing- en el Ministerio de Cultura. “Los tres casos están en diligencias preliminares, avanzarán cuando eventualmente sea congresista. Pero, si el Ministerio Público quiere formalizar la investigación y ya fue proclamado congresista, antes de julio, se paralizará porque tiene que levantarse su inmunidad. Podría haber un peligro de blindaje”, recalcó.
Este sábado, en una actividad de campaña electoral, Vizcarra señaló que sus procesos “en etapa preliminar no están contemplados en la inmunidad [parlamentaria] por cuanto son anteriores. Estamos atendiendo y declarando todo”. Sin embargo, sería una declaración imprecisa tomando en cuenta lo señalado por el abogado Chanjan.
Para citar un ejemplo, Chanjan mencionó el caso del congresista Humberto Acuña (APP), para quien el Ministerio Público había formalizado la investigación por los presuntos delitos de colusión agravada y cohecho pasivo específico, pero fue declarada nula en primera instancia por la inmunidad del parlamentario y se solicitó que se emita una nueva resolución. “[Él] tenía una investigación preliminar, fue elegido congresista y se quiso formalizar su investigación. Esto fue cuestionado en el Poder Judicial porque se dijo que tenía la prerrogativa de la inmunidad parlamentaria. En primera instancia se dijo que no existía ningún problema en que se pueda investigar preliminarmente y que la inmunidad de proceso aplica para la investigación formalizada. Eso se resolvió en primera instancia”, comentó.
Por otro lado, Martín Vizcarra también podría adquirir la inmunidad de arresto de ser elegido congresista. Esto impediría cualquier tipo de privación de libertad, “sin importar que los hechos sean anteriores”, dijo Rafael Chanjan. “También existe en el caso de Vizcarra que esta inmunidad de arresto lo pueda beneficiar. Son cinco años de función congresal, en los que podría llegarse a una sentencia en primera instancia. Se beneficiaría con ambos tipos de inmunidad”, agregó.
Además, el abogado César Azabache mencionó que en este momento la única prerrogativa que mantiene Vizcarra es respecto a ser acusado en el caso Richard Swing y que lo protege por cinco años después de dejar el mandato. Esta, sin embargo, no lo protege por los casos en el Gobierno Regional de Moquegua.
“Si adquiere la condición de parlamentario la inmunidad por el caso Cisneros mantiene, pero adquiere inmunidad para ser arrestado o para que se ejecute en su contra una condena a prisión. Por ejemplo, Daniel Urresti es ahora congresista y está en juicio. Si lo condenan, la ejecución la va a requerir del Parlamento”, anotó Azabache.
“La protección constitucional al expresidente con eventos antes de asumir el cargo solo alcanza hasta el día en que deja el cargo. En este instante, Vizcarra no tiene inmunidad en los casos del GORE Moquegua. Solo la tiene para el caso Cisneros”, añadió el abogado.
Respecto a los presuntos hechos irregulares cometidos por Vizcarra antes de su mandato, Rafael Chanjan apuntó que el expresidente tiene antejuicio por el caso Swing, “pero antejuicio en la medida de su cargo como presidente, por cinco años. Pero, si logra ser congresista va a tener la inmunidad de arresto. Tendría doble protección: antejuicio porque fue un hecho presuntamente delictivo como presidente en el caso Swing, pero además inmunidad de arresto”.
En las declaraciones que brindó este sábado, Vizcarra dijo que “no confía” en la reforma de la inmunidad parlamentaria por parte del actual Congreso. Por tanto, su primer proyecto sería regularla. En caso de modificarse la inmunidad en los próximos meses, “en la medida de que se trata de una norma procesal, se aplica de manera inmediata”, dijo Chanjan. Azabache añade que las reformas de la inmunidad “se consideran del procedimiento y no del delito. Se aplican en el momento en que se instaura el proceso. Cualquier reforma va a aplicarle en el futuro”.
Lo señalado, entonces, cambiaría “las reglas de juego”. “Si eventualmente cuando se quiera dictar un mandato o formalizar la investigación, ya no existiría un impedimento”, precisa Chanjan. Sin embargo, Vizcarra cuenta además con el antejuicio por haber sido presidente. “Si se eliminara la inmunidad se tendría que seguir el trámite de antejuicio político [acusación constitucional] para ser procesado por la instancia suprema”, concluyó Chanjan.
Antecedentes
El 5 de julio pasado, en una sesión del pleno del Congreso se aprobaron cinco cambios constitucionales que, al tratarse de reformas a la Carta Magna, requieren una segunda votación calificada en la actual legislatura consecutiva, que concluirá el próximo 18 de diciembre.
Las reformas aprobadas aquella fecha fueron la eliminación de la inmunidad parlamentaria, del antejuicio para ministros de Estado, la supresión de la inmunidad del defensor del Pueblo y de los magistrados del Tribunal Constitucional, y la posibilidad de acusar al mandatario por delitos contra la administración pública cometidos durante el ejercicio de sus funciones o anteriormente. Los cambios aprobados en aquel pleno fueron cuestionados debido a que no pasaron por un debate previo. Instituciones como la Defensoría del Pueblo y magistrados del Tribunal Constitucional manifestaron su preocupación al respecto.
Uno de los cuestionamientos al texto de inmunidad parlamentaria es que se indicaba que los congresistas “no son responsables ante autoridad, ni órgano jurisdiccional alguna por las opiniones y votos que emiten, ni por las acciones legislativas, de representación, de fiscalización, de control político u otras inherentes a la labor parlamentaria que realicen en el ejercicio de sus funciones”.
Días después de la votación y tras las críticas, el congresista Omar Chehade (Alianza para el Progreso), presidente de la Comisión de Constitución, dijo que estas reformas podían pasible de revisión y debate. Además, a través de un comunicado sostuvo que “nadie debe tener corona ni situarse por encima de la ley, (...) había que hacer realidad el principio constitucional de igualdad ante la ley. Por lo tanto, el presidente, congresistas, magistrados del TC y Corte Suprema, el Defensor del Pueblo y Contralor, entre otros funcionarios, ahora con la norma aprobada en primera votación, podrían carecer de cualquier blindaje para cuando sean requeridos por alguna autoridad judicial”.
Desde el Ejecutivo, la exministra de Justicia Ana Neyra había declarado que se confiaba en que el Congreso analice la propuesta y apruebe “algo que vaya en beneficio del país. Todos coincidimos en que la inmunidad no puede ser impunidad”.
Pero la reforma de la inmunidad parlamentaria está siendo contemplada en otro proyecto que también se alista desde la Comisión de Constitución: el predictamen que proponer reinstaurar la bicameralidad en el Congreso. El texto indica respecto a la inmunidad parlamentaria -artículo 93 de la Constitución- que los congresistas “no están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación por actos propios de su función”. Se agrega que el procesamiento “por la comisión de delitos comunes imputados a parlamentarios de la República durante el ejercicio de su mandato es de competencia de la Corte Suprema”.