Los jueces podrán disponer que aquellos adolescentes que cometan infracciones penales leves cumplan con medidas de resocialización sin reclusión, a través de centros juveniles abiertos como el Servicio de Orientación al Adolescente (SOA), administrados por el Poder Judicial.
Esto será posible tras la aprobación de un manual normativo, por parte del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, el cual establece y unifica los criterios que tendrán que evaluarse en caso de infractores primarios o que hayan cometido faltas leves.
La medida busca que se apliquen programas socioeducativos que contribuyan a la rehabilitación del infractor, sin necesidad de ser internados en centros de régimen cerrado como Maranguita, que muchas veces genera impactos adversos en su desarrollo psicosocial.
Bajo el modelo abierto de resocialización, los adolescentes infractores cumplirán con sus actividades socioeducativas mediante el SOA, en donde, además, se les brindará un tratamiento personalizado según sus necesidades y perfil de riesgo criminógeno.
El manual de normas para la ejecución de medidas socioeducativas establece cuatro programas de tratamiento: para delitos violentos, delitos sexuales, de salud mental y de madres. Además, incluye programas de formación para los menores.
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