A fin de prevenir y controlar los ruidos molestos en la capital, la Municipalidad de Lima publicó ayer la Ordenanza 1965, que obliga a todas las municipalidades distritales y de centros poblados de la ciudad a elaborar planes de control y fiscalización de la contaminación sonora.
De acuerdo con la norma, desde hoy el volumen máximo de ruido permitido –que indica la reciente norma– es de 80 decibeles en zonas industriales, de 7:01 a.m. a 10 p.m.
El mínimo permitido es de 40 decibeles en zonas de protección especial, como alrededores de colegios, hospitales y parques.
Las multas por infringir los rangos pueden llegar a una UIT (S/3.950).
La ordenanza exceptúa actividades de interés público, peligro, emergencia o de accidentes. También las ceremonias cívico-patrióticas y la sirenas de las ambulancias.
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#Metropolitano: vecinos de Independencia bloquean vía a la altura de estación Naranjal https://t.co/zerYDN0tSQ pic.twitter.com/QFLnttXLIf— Sociedad El Comercio (@sociedad_ECpe) 1 de julio de 2016
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